Abierto el plazo para solicitar plazas de educación infantil de 0 a 3 años

EDUCACIÓN INFANTIL

La Consejería de Educación ha abierto el plazo para la inscripción en las escuelas infantiles y guardería dependientes de la Ciudad Autónoma de Ceuta hasta el próximo lunes 29 de junio.

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La Consejería de Educación y Cultura ha publicado en el BOCCE de este miércoles la suspensión de los plazos administrativos de la convocatoria de concesión de plazas de educación infantil (0 a 3 años), para el curso 2020/2021. Por ello, a partir de este jueves y hasta el próximo lunes (ambos inclusive) para que los padres y madres interesados puedan presentar las solicitudes de inscripción, en las formas a las que se refiere el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta en el siguiente enlace: 'https://sede.ceuta.es/controlador/controlador?cmd=tramite&modulo=tramites &tramite=SDAEE'.

Fue el pasado 28 de febrero cuando se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad la convocatoria de concesión de plazas de educación infantil (0 a 3 años), para el curso 2020/2021. Sin embargo, el 14 de marzo se procedió a suspender todos los plazos y términos administrativos mediante el RD 463/2020 de declaración del estado de alarma, quedando suspendido hasta el pasado 28 de mayo, cuando se publicó el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos.

De acuerdo a este levantamiento el informe jurídico de 18 de junio de 2020 concluye que debe procederse al levantamiento de la suspensión de los plazos de las solicitudes de concesión de plazas de educación infantil, por el plazo de días hábiles que reste de conformidad con la convocatoria en su día publicada. A dichos efectos dicho plazo que resta será de 5 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación a los interesados de la respectiva resolución.

De esta forma se abre el plazo para inscribirse en las escuelas infantiles y guardería dependientes de la Ciudad Autónoma de Ceuta, primer ciclo de educación infantil (0-3 años), tanto las gestionadas directamente (Escuela Infantil Juan Carlos I y Guardería Nuestra Señora de África), como de forma indirecta mediante concesión administrativa (Escuela Infantil La Pecera), y en los centros de Educación Infantil privados contratados por la Ciudad de Ceuta, para el curso 2020/2021.

En la Escuela Infantil Juan Carlos I, Guardería Nuestra Señora de África y Escuela Infantil La Pecera, el periodo de escolarización será de septiembre a julio, incluyendo el servicio de comedor. En los centros de Educación Infantil privados contratados por la Ciudad (África, Globitos, Manzanita y Solete) dicho periodo será de septiembre a junio, excluyendo el servicio de comedor.

Requisitos

En el BOCCE del 28 de febrero se especifica que podrán soliticar plaza los padres de los niños residentes en Ceuta cuyas edades correspondan a los niveles de primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años); los padres de los niños cuyo nacimiento se prevea en fecha anterior a 16 semanas antes del inicio del curso 2020/2021. En estos casos, la admisión está condicionada al nacimiento efectivo del niño; y podrá solicitarse plaza para niños en trámite de adopción o acogimiento familiar condicionada a la presentación de la filiación del alumno en el momento de efectuar la matrícula.

Por tanto, el BOCCE especifica que podrán optar a la inscripción los niños y niñas que tengan cumplidas las dieciséis semanas a 1 de septiembre del año en que solicita la plaza; los que no cumplan los tres años con anterioridad al 31 de diciembre de aquel en que se solicita la plaza; la persona o personas que ejerzan su guardia y custodia y con las que convivan tengan documento nacional de identidad o tarjeta de residencia en España o sean nacionales de algún país de la Unión Europea; y la unidad familiar se encuentre empadronada en Ceuta.

Asimismo, podrá solicitarse plaza escolar, para niños y niñas en fase de gestación, cuando su nacimiento esté previsto que tenga lugar con dieciséis semanas de antelación al comienzo del curso, debiendo acreditarse su nacimiento durante el plazo de trámite de audiencia o alegaciones.

Procedimiento

La solicitud de admisión está disponible en la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta en el enlace 'https:// sede.ceuta.es/controlador/controlador?cmd=tramite&modulo=tramites&tramite=SDAEE'. De esta forma, la solicitud de admisión podrá realizarse por los siguientes medios: En la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta a través del enlace especificado en el apartado anterior o en la Oficina de Atención al Ciudadano del Registro General de la Ciudad de Ceuta sita en Edificio Ceuta Center.

Documentación

La documentación necesaria para inscribirse será una fotocopia de los Documentos Nacionales de Identidad, Tarjetas de Residencia en España o Pasaportes de los padres o tutores legales; una autorización para la obtención de consulta de datos tributarios sobre nivel de renta a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Además, será necesario documentación justificativa de la situación familiar tales como fotocopia del Libro de Familia o documento oficial similar completo, para acreditar, entre otras circunstancias, la fecha de nacimiento del alumno y el número de miembros de la unidad familiar; fotocopia del título de Familia Numerosa, en su caso; certificado que acredite el grado de minusvalía correspondiente de los padres o de los hermanos del alumno expedido por el organismo competente; documentación que avale la condición de acogimiento familiar; Si la solicitud corresponde a un niño no nacido, se incluirá el informe médico que acredite su fecha prevista de nacimiento y, en el caso de niños en proceso de adopción o acogida, se incluirá el correspondiente documento acreditativo.

A parte, entre la documentación justificativa de la situación laboral será necesario un certificado de la Seguridad Social acreditativo de la situación laboral del solicitante y su cónyuge, con especificación de la jornada laboral que realicen; los trabajadores adscritos a Mutualidades, a los Ministerios de Defensa, de Educación y de Interior, presentarán certificado de su situación laboral expedido por el organismo donde presten sus servicios; los certificados de invalidez total equivalen, a efectos de baremo, a trabajo a jornada completa. Se aportará fotocopia compulsada del certificado acreditativo de la invalidez emitido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social; y cualquier otro certificado o documento acreditativo de la situación laboral del solicitante y su cónyuge.

Las solicitudes que no obtengan plaza en el centro solicitado pasarán a conformar una única lista de espera ordenada según la puntuación obtenida, el grupo de edad y conforme a los criterios de desempate establecidos en las presentes bases y atendiendo a la prioridad establecida por los solicitantes en el proceso de solicitud. De esta forma se cubrirán las vacantes ofertadas por los centros siguiendo de forma rigurosa el orden establecido por la lista de espera descrita en el párrafo anterior. Agotada la lista de espera se procederá a una segunda vuelta con los solicitantes que por cualquier motivo no obtuvieron plaza en la primera (salvo renuncia expresa a su solicitud).

Criterios de valoración

El acceso a plazas en las Escuelas Infantiles y Guarderías dependientes de la Ciudad Autónoma de Ceuta estará supeditado al número de plazas disponibles, según la edad de los menores, aplicando para su selección los siguientes criterios: de esta forma sumará puntos la existencia de hermanos/as matriculados en el centro, padres o tutores legales que trabajen en el mismo; las rentas anuales de la unidad familiar; concurrencia de discapacidad en el alumno/a o en alguno de sus padres o hermanos/as, sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente; y otros criterios sociales como familia numerosa, situaciones de violencia de género, drogodependencias y otras situaciones a valorar, víctimas de atentados terroristas.

De esta forma, los solicitantes que tangan un primer hermano/a matriculado en el centro o padres o tutores legales trabajando en el centro recibirán 4 puntos; y por cada uno de los hermanos siguientes.

El examen y la valoración de las solicitudes de admisión se realizarán por el Equipo de Trabajadores Sociales de la Consejería de Educación y Cultura, que actuarán como órgano instructor del procedimiento. Dicho órgano está habilitado para impulsar cuantas actuaciones sean necesarias en orden a la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

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