La gripe, como accidente laboral para los profesores
CCOO pide al Ministerio de Educación un protocolo para considerar accidente de trabajo las enfermedades contagiosas.

La Federación de Educación de CCOO quiere promover un protocolo de enfermedades infectocontagiosas para que los profesores que contraigan la gripe, como consecuencia de su actividad, puedan tener una baja considerada por accidente laboral. El sindicato, a través de un comunicado, explica como ha iniciado un proceso de negociación con la administración con la intención de resolver lo que, a su juicio, supone un “problema” del profesorado en la aplicación de la consideración de las bajas producidas por enfermedad infectocontagiosa.
CCOO considera, y así lo expone, que las condiciones en las que desempeña su trabajo el profesorado (elevada densidad de personas en espacios cerrados y muy reducidos) suponen en términos “objetivos” un factor de riesgo de contagio “muy elevado”, siendo la gripe la enfermedad más extendida. De este modo, para el sindicao, las bajas producidas a raíz de esta causa deberían tener la consideración de “accidente de trabajo”.
La iniciativa, señalan desde CCOO, fue masivamente avalada por el conjunto del profesorado ceutí y esto quedó demostrado con la presentación de 1.039 firmas del colectivo. “Al mismo tiempo, se evacuó consulta sobre esta petición al ministerio competente, el de Empleo y Seguridad Social que, a través de la Dirección General de la Seguridad Social, emitió un informe, en que plantea la imposibilidad de considerar las enfermedades contagiosas como accidentes de trabajo con carácter general”, explican desde el sindicato para puntualizar que eso no es prejuicio para que cada caso se examine de forma individual y así lo expone la norma en vigor.
“Este informe no impide dar cobertura a la solicitud de CCOO, sino que nos orienta sobre el modo en que puede y debe articularse un protocolo que permita garantizar los derechos de los trabajadores”, manifiestan desde el sindicato para puntualizar que “no es discutible que el contagio de la enfermedad en un centro sea accidente de trabajo”. El problema, concretan, es la dificultad de demostrar “si se ha producido en un momento o lugar concreto”. “Pero este hecho cierto no puede devenir en una supresión de un derecho que asiste al profesorado”, advierten desde CCOO, para exigir a la administración que “adopte las medidas precisas para solventar las dificultades planteadas”. Además, piden que el MECD no se inhiba “cómodamente” perjudicando los intereses de los trabajadores.
Ante la dificultad de demostrar la relación causa-efecto, desde la Federación de Educación de CCOO proponen que se apruebe un protocolo sustentado en parámetros estadísticos, de modo que se determine un periodo de tiempo anual en el que el número determinado de casos de enfermedades contagiosas, computado para cada uno de los centros, permita concluir la existencia de una alta probabilidad de contagio y, en consecuencia, la consideración de esas bajas como accidente de trabajo. Argumentos con los que CCOO solicita una reunión al responsable del MECD en la ciudad autónoma.