La Protección de la Privacidad, un dilema ético

En un mundo tan volátil, donde la seguridad y la tecnología convergen de manera inevitable, la implementación de cámaras corporales en el sector de la seguridad privada sigue generando un gran debate candente. A pesar de contar con los permisos de la Agencia de Protección de Datos. la Unidad Central de Seguridad Privada han optado por denegar la solicitud a muchos vigilantes a la hora de integrar cámaras CCTV en los uniformes de los mismos. Esta decisión suscita diversas reacciones y plantea interrogantes sobre las razones detrás de esta postura.

El uso de cámaras corporales implica un delicado equilibrio entre la mejora de la seguridad y la protección de la privacidad, por un lado, estas herramientas pueden proporcionar pruebas objetivas en situaciones de conflictos o incidentes, ayudando a clarificar eventos y proteger tanto a los vigilantes como a los ciudadanos. Por otro lado, el uso indiscriminado de cámaras podría vulnerar la privacidad de las personas, capturando imágenes en situaciones cotidianas sin consentimiento explicito.

A pesar de contar con el respaldo de la Agencia de Protección de Datos, que establece directrices claras sobre el tratamiento y almacenamiento de las grabaciones, la preocupación por el mal uso o el acceso no autorizado a estas imágenes sigue siendo un factor determinante en la decisión de La Unidad Central de Seguridad Privada.

Las cámaras corporales podrían ofrecer soluciones a este gran problema, proporcionando un registro visual de los eventos que podría utilizarse para refutar acusaciones infundadas. Sin embargo, la falta de estas herramientas deja a los vigilantes de seguridad jurídicamente desprotegidos, expuestos a condenas y sanciones basadas en testimonios cuestionables.

Desde una perspectiva laboral, estos profesionales tienen derecho a un entorno justo. La constante vigilancia podría percibirse como una falta de confianza por parte de los empleadores, afectando la moral y el desempeño de estos vigilantes de seguridad. En términos de seguridad, aunque las cámaras pueden disuadir comportamientos delictivos, también podrían convertirse en objetivos para quienes desean sabotear el sistema. Además, la responsabilidad de manejar y proteger las imágenes recae en los propios vigilantes, añadiendo una capa adicional de presión a su ya existente rol.

A nivel legal como profesional de este sector diría que, la normativa permite el uso de cámaras siempre que se respeten los principios de proporcionalidad, necesidad y transparencia. Sin embargo, la implementación practica de estas normativas pueden ser complejas. Técnicamente la integración de cámaras corporales, requiere de una infraestructura robusta y un protocolo claro para el almacenamiento y revisión de las imágenes. Esto implicaría una inversión significativa en tecnología y capacitación. La decisión de no implementar cámaras corporales en el sector de la seguridad privada, a pesar de contar con los permisos necesarios, refleja un enfoque cauteloso ante un tema complejo. Es esencial que las empresas, los legisladores y la sociedad en conjunto continúen trabajando de como conseguir el equilibrio en seguridad privada.

En última, instancia, el objetivo debe ser encontrar un punto medio donde la tecnología sirva para proteger, sin comprometer los derechos y libertades fundamentales. La adopción de cámaras corporales podría no solo mejorar la seguridad, sino también ofrecer una salvaguarda crucial para estos profesionales frente a denuncias falsas, asegurando un entorno más justo y seguro para todos.

* Asesor, Consultor y Auditor en Seguridad

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