El BOE anuncia subasta judicial en Ceuta en relación a una vivienda en Avenida España
JUSTICIA
Dentro de la tipología de subastas judiciales, se encuentra entre ellas la de vía de apremio. "Este procedimiento es la última fase de la ejecución forzosa, tiene como objetivo conseguir liquidez de los bienes embargados para cumplir con las deudas pendientes"
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta ha anunciado la subasta judicial en vía de apremio de la mitad del pleno dominio de una vivienda ubicada en Avenida España s/n, Portal 4, Planta 1. Esta subasta ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del sábado 1 de marzo de 2025.
La cantidad reclamada asciende a 39.136,85 euros, mientras que el valor de tasación del bien es de 77.325,00 euros. No se ha establecido una puja mínima para esta subasta, y los incrementos entre pujas serán de 1.546,50 euros. Los interesados deberán constituir un depósito de 3.866,25 euros para participar en la subasta.
La apertura de la subasta se producirá una vez transcurridos los plazos determinados por los artículos 648.2 y 667.2 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, o por el artículo 101.3 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que aprueba el Reglamento General de Recaudación, según corresponda.
Subasta judicial y subasta judicial en vía de apremio
El espacio web de los Abogados de Palma de Mallorca indica que las subastas judiciales "se celebran en los juzgados y consiste en la venta judicial forzosa de derechos y bienes para cancelar una deuda o parte de ella. Este procedimiento se publica en el Boletín Oficial del Estado y para participar en la subasta judicial tienes que darte de alta se realiza a través de un portal web creado especialmente para ello. Por lo general se fija antes de iniciar el proceso un precio de salida y las normas del proceso son de acuerdo con el tipo de procedimiento judicial del que provengan los bienes".
Y dentro de la tipología de subastas judiciales, se encuentra entre ellas la de vía de apremio. "Este procedimiento es la última fase de la ejecución forzosa, tiene como objetivo conseguir liquidez de los bienes embargados para cumplir con las deudas pendientes. Cuando los bienes son valorados se realiza el anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El proceso se realiza en un Portal web perteneciente a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado".
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