Publicado el segundo listado de requerimiento para el Plan de Empleo 2024 en Ceuta

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Los beneficiarios disponen de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación del listado, para presentar la documentación requerida

FOTO E.P.
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A través de una edición extra del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE), el miércoles, 2 de abril, se ha comunicado el segundo listado de requerimiento para la entrega de documentación de los seleccionados en el Programa de inserción laboral a través de obras y servicios de interés general y social 2024, en el marco del Plan de Empleo de la Administración General del Estado. Este procedimiento se lleva a cabo en cumplimiento de la Resolución de adjudicación del 3 de diciembre de 2024, por la cual se resuelve la convocatoria de adjudicación de subvenciones en el ámbito del convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Administración General del Estado. Asimismo, se ajusta a lo establecido en el Anexo II del procedimiento de Gestión de las Ofertas publicado en el BOCCE el 5 de julio de 2023.

Los beneficiarios disponen de un plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente a la publicación del listado, para presentar la documentación requerida. La entrega podrá realizarse de manera electrónica a través del registro electrónico de la Delegación del Gobierno o de forma presencial, solicitando cita previa mediante el código QR habilitado o accediendo a la dirección web indicada en la publicación oficial. La documentación deberá presentarse en el Registro General de la Delegación del Gobierno, que actualmente se encuentra en la Avenida Otero, Edificio Mutua, donde está ubicada la Oficina de Extranjería, debido a las obras en la sede de la Delegación.

Los seleccionados deberán aportar una fotocopia del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Título Profesional Básico, Graduado Escolar o equivalente, además de una fotocopia del DNI o NIE, un documento de la Seguridad Social donde conste su número de afiliación y un documento bancario que refleje el número de cuenta o libreta de la que sea titular.

La no presentación de esta documentación en el plazo y lugar establecidos podrá ser considerada una infracción conforme a los artículos 17 y 24 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, lo que podría derivar en la imposición de sanciones contempladas en el artículo 47 del mismo texto legal, previa incoación del procedimiento sancionador correspondiente.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso de alzada ante el Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Ceuta en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Para más información, los interesados pueden consultar el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta o acudir a la Delegación del Gobierno.

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