Tres condenados por tráfico de hachís en Urbanización Monte Hacho en 2023

TRIBUNALES - NARCOTRÁFICO

Han aceptado una sentencia de conformidad de seis meses de prisión para el autor, cuatro y 15 días para su hermano y tres meses para el otro cómplice. Solo el segundo cumplirá la pena de cárcel por ser reincidente

Los acusados escuchan la sentencia del juez. / FOTO E.P.
Los acusados escuchan la sentencia del juez. / FOTO E.P.

El Juzgado de lo Penal número 2 de la ciudad autónoma ha condenado a tres hombres con diversas penas de prisión por traficar con hachís desde finales de marzo hasta principios de abril del año 2023 tras un registro efectuado entonces en un domicilio de la calle Hinojosa del Valle, en la barriada Urbanización Monte Hacho. El reconocimiento de los hechos por parte de los tres varones ha permitido que la Fiscalía modifique su escrito de acusación y rebaje su solicitud penal inicial por haber confesado haber cometido un delito contra la salud pública por el tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud y en su modalidad de menor importancia. En un principio también estaban acusados de un ilícito de pertenencia a un grupo criminal.

De esta manera, el tribunal ha condenado al autor y ‘cabecilla’ de la organización, que responde a las iniciales A.M.A., a seis meses de prisión y a pagar una multa de 1.707 euros. La sala lo ha considerado el organizador de la compraventa de la sustancia estupefaciente.

A los dos condenados considerados “cómplices” por el Ministerio Público y finalmente también por el magistrado titular del Juzgado, Miguel Ángel Cano, se les ha impuesto una pena inferior.

El hermano del autor — L.M.A., preso por otra causa— ha sido condenado a cuatro meses y 15 días de prisión por concurrir en una agravante de reincidencia al haber cometido anteriormente otro delito. De esta condena le será descontado el tiempo que pasó en prisión provisional por esta causa, que fue desde 17 abril de 2023 hasta mediados de julio del mismo año. Por otro lado, al segundo cómplice —cuyas iniciales también coinciden con las del autor, A.M.A— le ha sido impuesta una pena privativa de libertad de solo tres meses.

Ambos cómplices, que el Ministerio Público ha considerado que realizaban labores de vigilancia y apoyos para la venta del hachís, tendrán que pagar una multa idéntica a la que deberá abonar también el autor y coincidente con el valor en el mercado ilícito de la sustancia estupefaciente incautada. De no cumplir con estas multas, los tres deberán pasar tres días más en prisión.

La Fiscalía no se ha opuesto a la suspensión de las penas de cárcel del autor del delito y del cómplice que no es su hermano pero que coincide con sus iniciales, ya el primero no cuenta con antecentes penales y los del segundo son cancelables a efectos de sentencia. Las supensiones de las penas privativas de libertad tendrán efecto a partir de los próximos dos años, pero si vuelven a delinquir en este período deberán permanecer en la cárcel el tiempo de la condena impuesta. Los tres han sido también condenados cada uno a pagar un tercio de las costas del procedimiento penal, y las multas han sido fraccionadas en 15 pagos iguales y sucesivos.

La conformidad alcanzada por las partes en liza tras el reconocimiento de los hechos que ha realizado el grupo ha permitido que no sea necesaria la celebración de la vista y ha evitado que declaren cinco testigos, nueve agentes del Cuerpo Nacional de Policía y al menos cuatro peritos, algunos relacionados con el área de la toxicología y otros con la de la farmacología. De la misma manera, tampoco ha sido necesaria una prueba de visionado de vídeos.

Tras la promesa de las partes de no recurrir el fallo, el magistrado ha declarado la sentencia en firme, habiéndola dictado previamente de viva voz.

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