La Ciudad recurrirá la sentencia del asesinato de Mari Ángeles por no considerarse responsable

JUSTICIA

El Gobierno local “no está conforme” con la imputación de la Audiencia Nacional y niega que fallaran los protocolos de supervisión del agente de la Policía Local que mató a su mujer con el arma reglamentaria

La Ciudad Autónoma recurrirá la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta que la condena como responsable civil subsidiaria del asesinato de María de los Ángeles Lozano a manos de su marido, Alonso G., un agente de la Policía Local que se encontraba entonces de servicio y le disparó con el arma reglamentaria.

El portavoz del Gobierno local, Alejandro Ramírez, ha expresado este martes que la administración “no está conforme” con las “imputaciones realizadas en el procedimiento” judicial tras el conocido como ‘crimen de Parques de Ceuta’. La Ciudad niega la “falta de controles rigurosos” de la que se hace eco el fallo judicial.

“Se cree que, según se ha analizado, los procedimientos que se han seguido son los procedimientos que marcaban la norma y los procedimientos que se tenían que aplicar”, ha afirmado Ramírez en la rueda de prensa celebrada tras el Consejo de Gobierno.

El portavoz ha confirmado que “ahora mismo” no se plantean revisar los protocolos de control de los agentes de la Policía Local, aunque la Audiencia Provincial apunta en el fallo a que la actuación de la administración a este respecto fue “insuficiente”, especialmente “en la supervisión del estado de su salud mental y en el uso del arma reglamentaria”.

El tribunal recuerda en la sentencia que el agente tenía “antecedentes de ansiedad” y que le fue retirada el arma de forma temporal “entre 2001 y 2007”. El propio Ramírez admitió cinco días atrás, poco después de conocerse el contenido de la sentencia, que “desde el punto de vista técnico, está claro que algo falló”.

Este martes, y tras analizar lo ocurrido con el superintendente de la Policía, opinan que “se aplicaron” los procedimientos establecidos internamente, los cuales consideran correctos. “El lamentable hecho que se produce no tiene consecuencia directa con el procedimiento seguido por parte de la Policía Local y de la Administración”, ha dicho Alejandro Ramírez, quien ha instado a analizar “todas las causas posibles por las que, en este caso, una persona asesina a otra”.

La sentencia emitida por la Audiencia Provincial de Ceuta establece que la administración y el condenado por asesinato con alevosía deberán indemnizar a los familiares de la víctima con un total de 875.000 euros, de los que 500.000 euros irán destinados a la hija, que fue testigo del crimen e incriminada por la defensa del autor del asesinato durante el juicio.

El agente de la Policía Local ha sido condenado a 35 años y medio de cárcel, de ellos, 22 años y seis meses por asesinato. También deberá pagar por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar, delito de lesiones, con la concurrencia de la agravante mixta de parentesco y la atenuante analógica de enfermedad mental, y un delito contra la integridad moral.

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