¿Tienes alguna de estas enfermedades? Podrías acceder a una pensión por incapacidad permanente
SEGURIDAD SOCIAL
Su objetivo principal es paliar la pérdida de ingresos que sufren quienes se encuentran en esta situación, asegurando una base económica para ellos y sus familia
La pensión de incapacidad permanente es una de las prestaciones contributivas más relevantes que ofrece la Seguridad Social en España. Está destinada a aquellos trabajadores que, a causa de una enfermedad o un accidente laboral, no pueden desempeñar su actividad profesional habitual o cualquier otra. Su objetivo principal es paliar la pérdida de ingresos que sufren quienes se encuentran en esta situación, asegurando una base económica para ellos y sus familias.
El procedimiento para acceder a esta prestación puede iniciarse de oficio por la propia Seguridad Social o a petición del interesado. En cualquiera de los casos, el proceso exige una evaluación por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que determina el grado de incapacidad: parcial, total, absoluta o gran invalidez. La resolución final corresponde al Director Provincial de la Seguridad Social, quien fija tanto el grado como la cuantía de la pensión en función de la base reguladora y el origen de la incapacidad, ya sea por enfermedad común o profesional.
Uno de los aspectos más consultados por los potenciales beneficiarios es si existe un listado oficial de enfermedades que garantice la concesión de esta prestación. Sin embargo, la Seguridad Social no dispone de un catálogo formal que vincule una enfermedad concreta con la incapacidad permanente. Según sus criterios, no se evalúan enfermedades como tal, sino cómo estas afectan a cada persona en particular, valorando su impacto en la capacidad laboral.
No obstante, algunos bufetes especializados en incapacidades han elaborado listados orientativos con dolencias físicas y psíquicas que suelen asociarse con la concesión de esta prestación. Estas listas se basan en casos recurrentes y en la experiencia acumulada en litigios relacionados con la Seguridad Social.
Entre las enfermedades físicas más comunes que podrían justificar la concesión de la incapacidad permanente destacan las relacionadas con la cardiología, como insuficiencia mitral, cardiopatías y aneurismas; y con la neumología, como el EPOC, enfisemas y apnea del sueño. También son frecuentes las dolencias neurológicas, entre ellas el Parkinson, esclerosis múltiple y demencias, así como las reumatológicas, como la artritis reumatoide o la espondilitis anquilosante.
Además, patologías del aparato digestivo como la enfermedad de Crohn o la obesidad mórbida, enfermedades oncológicas como el cáncer de mama o de pulmón, y trastornos visuales como el glaucoma y el desprendimiento de retina son ejemplos de dolencias físicas que han sido consideradas en determinados casos para justificar la incapacidad.
A pesar de la ausencia de un listado oficial, estos ejemplos ilustran cómo se analiza cada situación de forma individualizada, considerando el diagnóstico médico y su repercusión en la capacidad laboral. Por ello, el proceso para acceder a esta prestación suele ser complejo y, en ocasiones, requiere asesoramiento especializado para garantizar el reconocimiento de los derechos del trabajador afectado.
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