Intentan notificar sanciones de tráfico en Ceuta: pérdida de puntos y multas de hasta 1.500€

BOE

Esta notificación pública responde a los intentos fallidos de comunicación directa con los interesados a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), así como mediante correo postal dirigido a los domicilios registrados oficialmente

FOTO E.P.
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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado este miércoles, 13 de agosto, de 2025, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la notificación de un total de 18 procedimientos sancionadores en Ceuta por infracciones a la normativa de tráfico. Las multas impuestas oscilan entre los 200 y los 1.500 euros, según se detalla en el anuncio oficial firmado por la Jefatura Provincial de Tráfico. Además, hay en varios casos retirada de puntos.

Esta notificación pública responde a los intentos fallidos de comunicación directa con los interesados a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV), así como mediante correo postal dirigido a los domicilios registrados oficialmente. En todos los casos, los intentos resultaron infructuosos debido a direcciones erróneas, desconocimiento del paradero del titular o ausencia de información válida.

Por este motivo, y en cumplimiento del artículo 91 del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, se ha optado por realizar la notificación a través del Tablón Edictal Único del BOE, de acuerdo con lo dispuesto también en los artículos 44, 45 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Con esta publicación, se considera formalmente iniciada la notificación de los procedimientos sancionadores, y comienza un plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de su aparición en el BOE. Durante ese periodo, los afectados podrán acceder al expediente completo en la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico de Ceuta, donde podrán examinar la documentación, efectuar el abono de la sanción correspondiente o presentar las alegaciones y pruebas que estimen oportunas en su defensa.

El anuncio también aclara que, en determinados expedientes, se requiere expresamente la identificación del conductor del vehículo en la fecha de la infracción. En esos casos, la omisión de dicha identificación podría derivar en una nueva sanción para el titular del vehículo, conforme a lo previsto en el artículo 11.1 a) del citado texto legal. En otras situaciones, el procedimiento se limita a ofrecer la posibilidad de abonar la multa o identificar al infractor, según corresponda.

Una vez transcurrido el plazo sin que se haya efectuado el pago ni se hayan presentado alegaciones, los procedimientos seguirán su curso administrativo hasta dictarse resolución definitiva. La DGT recuerda que esta publicación tiene plena validez legal como notificación oficial y que su aparición en el BOE supone el cumplimiento del trámite exigido por la ley. La publicación completa, con los nombres de los expedientados y los detalles de cada procedimiento, está disponible en el Tablón Edictal Único del BOE, donde cualquier interesado puede consultarla gratuitamente.

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