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Según el Ministerio de Consumo, la respuesta es clara: rechazar el pago en metálico está prohibido, salvo en situaciones muy específicas. Tanto comercios como autónomos están obligados a admitir billetes y monedas como medio de pago. El Banco de España respalda esta interpretación en su página oficial, recordando que la negativa podría considerarse una práctica abusiva contraria a los derechos de los consumidores.
Aunque la norma general es la obligatoriedad de aceptar dinero físico, existen excepciones:
En cualquier caso, los comercios que limiten el efectivo deben avisarlo de forma clara y visible antes de la compra.
Consumo advierte que negar el pago en efectivo sin justificación puede acarrear multas de entre 150 y 10.000 euros. Si la infracción se considera grave, la sanción podría llegar hasta los 100.000 euros. Los factores que determinan la cuantía incluyen la reincidencia, la duración de la práctica, el impacto social o el perjuicio a los consumidores.
El auge de los pagos digitales contrasta con la resistencia de parte de la población, especialmente las personas mayores, que siguen dependiendo de billetes y monedas para su día a día. El 66 % de las compras en tienda aún se pagan en efectivo, según datos oficiales, frente a un 28 % con tarjeta y un 6 % con aplicaciones móviles.
Así, mientras algunos ven el dinero físico como un vestigio del pasado, las autoridades insisten en que el efectivo sigue siendo un derecho de los consumidores y que los comercios deben garantizar su aceptación dentro de los límites legales.
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