Ceuta somete a información pública la actualización de las tarifas del taxi

TRANSPORTE

El decreto incluye la revisión de suplementos y recoge las alegaciones de las asociaciones del sector

Un grupo de taxis en la Gran Vía. / FOTO REDUAN
Un grupo de taxis en la Gran Vía. / FOTO REDUAN

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado en el Boletín Oficial el decreto del consejero de Urbanismo y Transportes, Rafael Peñalver, por el que se somete a audiencia e información pública el incremento de las tarifas del servicio taxi.

La iniciativa partió de la Asociación Taxi y Euro Taxi de Ceuta, que solicitó el pasado 13 de febrero la actualización de las tarifas conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) de 2025, así como la modificación de determinados suplementos. A esa petición se sumó la Asociación Unificada de Taxis de Ceuta, que también presentó alegaciones dentro del trámite de audiencia abierto el 16 de julio.

Entre las alegaciones admitidas figura el reconocimiento de ambas asociaciones como autoras conjuntas de la propuesta de revisión de tarifas. Por el contrario, se desestimó la solicitud de rectificación en el suplemento por maleta o bulto, que se mantiene en 0,45 euros, cantidad que según los servicios de Intervención se ajusta al IPC vigente.

El decreto establece que las nuevas tarifas deberán garantizar la cobertura de los costes reales del servicio, una adecuada amortización y un beneficio empresarial razonable, de acuerdo con lo previsto en la ordenanza reguladora aprobada en 2024. Tras esta fase de exposición pública de 20 días hábiles, los ciudadanos y entidades podrán presentar alegaciones en el Negociado de Transportes Urbanos del Palacio Municipal.

Régimen tarifario previsto

Las tarifas básicas contempladas en la propuesta son las siguientes:

-Carrera mínima: 3,80 €

-Bajada de bandera: 1,25 €

-Kilómetro recorrido: 0,90 €

-Hora de parada: 23,80 €

-Valor del salto: 0,05 €

-Primer salto por distancia: 2.888,60 m

-Saltos sucesivos por distancia: 55,55 m

-Primer salto por tiempo: 374,97 seg.

-Saltos sucesivos por tiempo: 7,56 seg.

A estas cantidades se añaden suplementos específicos:

-Sábados y domingos: 1,40 €

-Festivos y días de feria: 1,40 €

-Parada en puerto o estación marítima: 1,50 €

-Servicios nocturnos (de 23:00 a 07:00 horas): 1,40 €

-Por cada maleta, bulto o similar: 0,45 €

-Servicios a Benzú, García Aldave o Monte Hacho (ida): 1,70 €

-Cada ¼ hora de espera a partir de la primera: 4,00 €

-Recorrido turístico (1 hora): 40,00 €

-Animales domésticos: 1,40 €

El decreto especifica además que el cliente abonará un solo suplemento en los casos de los apartados 1 y 2, y que el servicio nocturno será compatible con el resto. También se fija que no es obligatorio para los conductores llevar cambio superior a 20 euros ni prestar servicio por caminos o carreteras sin asfaltar.

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