La tabla oficial de jubilación según los años cotizados: según el BOE

SOCIEDAD

Los trabajadores que busquen jubilarse con el 100% de la pensión ya tienen confirmadas las condiciones oficiales para hacerlo, según la normativa publicada en el BOE y basada en la Ley 27/2011 de actualización de la Seguridad Social.

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En este 2025, podrán retirarse con la pensión íntegra quienes acrediten al menos 38 años y tres meses cotizados, siempre que hayan nacido en 1960. Aquellos que no alcancen ese nivel de cotización tendrán que esperar hasta los 66 años y 8 meses.

Los cambios año a año

La edad de jubilación continuará aumentando progresivamente:

  • 2025: 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 8 meses sin ellos.
  • 2026: 65 años con 38 años y 3 meses cotizados, o 66 años y 10 meses.
  • 2027: 65 años con 38 años y 6 meses cotizados, o 67 años.

Esto significa que, salvo una nueva reforma, en 2027 quedará fijada la edad de jubilación en 67 años para quienes no cumplan con el mínimo de cotización.

A quién afecta

  • Los nacidos en 1960 podrán jubilarse este año si cumplen la cotización exigida.
  • Los nacidos en 1961 accederán en 2026 en las mismas condiciones.
  • Los nacidos en 1962 deberán esperar a 2027, con la exigencia de 38 años y 6 meses cotizados.

De lo contrario, tendrán que retrasar la jubilación hasta los 67 años.

Adelantar la jubilación, posible pero con recortes

Los trabajadores que deseen retirarse antes podrán hacerlo mediante la jubilación anticipada, aunque deberán afrontar penalizaciones en su pensión dependiendo del número de meses de adelanto.

Con este calendario oficial, la Seguridad Social busca garantizar la sostenibilidad del sistema a medio plazo, aunque todo apunta a que en la próxima década podrían aprobarse nuevos ajustes en la edad de jubilación.

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