La Audiencia acepta la última solicitud de López en el ‘Caso Emvicesa’ y sustituirá a los jueces recusados
Los magistrados que sustituyan a los jueces de la Sección VI Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta lo harán hasta que se instruya y decida sobre el recurso de recusación

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha acordado remitir la petición de recusación de Antonio López, el principal acusado del ‘Caso Emvicesa’ para el que la Fiscalía pide 26 años de prisión, a la Sección 1ª Presidencia de la Audiencia Provincial de Cádiz para que nombre magistrados que sustituyan a los jueces locales recusados hasta tanto se instruya y decida sobre el recurso de recusación de los mismos.
De esta manera, el mayor órgano judicial con sede en Ceuta acepta la última solicitud realizada por la Defensa de López en la que pedía la nulidad del “pronunciamiento” de los jueces de la Audiencia en Ceuta sobre su propia recusación, que habían desestimado, alegando que debían ser magistrados independientes y ajenos los que debían resolver esta medida por la que no se permitiría a los jueces locales enjuiciar a los acusados en el caso de corrupción más importante de la historia reciente de la ciudad autónoma.
La recusación fue solicitada por los abogados de López al considerar que tanto el presidente y como los dos magistrados que conforman el tribunal de la Sección VI están “contaminados” y que el exgerente de Emvicesa no puede ser enjuiciado por los mismos que lo mantuvieron en prisión preventiva durante más de un año, porque si así fuera se estaría quebrantando el derecho a un juez imparcial, ya que este tribunal de la Audiencia, “ha tenido contacto con los materiales de instrucción y han hecho un juicio previo sobre su culpabilidad”.
Tras la presentación del recurso de recusación, los mismos jueces emitieron un escrito denominado “pronunciamiento” en el que rechazaban dicha solicitud, para el cual López solicitó la nulidad porque como es “lógico, la regulación vigente atribuye a un juez o magistrado ajeno o distinto al recusado la competencia para resolver la recusación”.
Esta solicitud tendrá que ser ahora resuelta por los magistrados sustitutos, para conocer posteriormente la composición definitiva de la Sala de enjuiciamiento para las más de 50 personas imputadas en este caso y que se proceda a establecer la fecha del comienzo del juicio oral.