Tres meses de prisión por no obedecer a la Policía Local en la Plaza de los Reyes
El condenado, que padece una discapacidad intelectual, lanzó varias patadas a los agentes de la Policía Local hasta que fue reducido
No obedecer a los agentes de la Policía puede conllevar un delito, especialmente cuando se ejerce violencia en esa oposición. Eso es lo que le ha sucedido al identificado como J.M.G., un ceutí de 59 años que ha sido condenado este miércoles en el Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta como autor criminalmente responsable de un delito de resistencia a tres meses y un día de prisión.
La condena se ha impuesto según lo previsto en el artículo 556 del Código Penal, que establece que “serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”.
En concreto, los hechos constitutivos del delito en este caso tuvieron lugar el pasado 12 de abril, sobre las 18:35 horas, en las inmediaciones de la Plaza de los Reyes. Lo agentes de la Policía Local requirieron al condenado para que mostrase su documentación y ser identificado, pero el hombre no llevaba la documentación y los policías le solicitaron que les acompañara a comisaría, recibiendo una fuerte oposición. J.M.G. tomó una conducta agresiva con los agentes para evitar ser detenido y lanzó varias patadas que impactaron contra un agente.
Según recoge el escrito de acusación, el hombre padece una discapacidad intelectual leve y sus capacidades psíquicas principales para conocer la naturaleza del hecho y actuar conforme a su comprensión se encuentran disminuidas, por lo que la pena también se ha visto reducida ya que se ha aplicado el atenuante de alteración psíquica.
El acusado, reconoció los hechos en la vista oral para alcanzar un acuerdo y aceptó la pena de la Fiscalía, tras lo que el magistrado titular del Juzgado de lo Penal nº2 de Ceuta dictó la sentencia condenatoria. La pena de prisión quedó suspendida al ser inferior a los dos años y bajo el condicionante de no volver a delinquir y de someterse a un tratamiento para reducir el consumo del alcohol.