Los institutos harán una valoración inicial de los MENA para repartirlos en tres niveles educativos
Esta asignación es flexible y se irá revisando en función de la evolución de los menores para incorporarlos a otros niveles. La Dirección Provincial junto a los directores de los centros hará un seguimiento de las aulas y del progreso de los alumnos
El Boletín Oficial del Estado ha hecho pública en la mañana de este martes la resolución por la que se dictan las instrucciones para el funcionamiento de las 17 aulas de primera acogida, evaluación e inmersión lingüística, para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en cinco centros públicos de educación secundaria en la Ciudad de Ceuta para el curso 2021-2022: los centros participantes son IES Abyla, IES Almina, IES Clara Campoamor, IES Luis de Camoens e IES Siete Colinas, las clases serán en horario de tarde, con cuatro horas lectivas diarias y el número de grupos de cada centro y los criterios de distribución serán determinados por la Dirección Provincial. Su fin es proporcionar los apoyos necesarios que permitan evaluar la situación y nivel de competencia curricular de cada menor y proporcionarles un nivel mínimo de competencia lingüística en lengua castellana, garantizando su adecuada incorporación al sistema educativo. La Dirección Provincial junto a los directores de los centros efectuará el seguimiento y la evaluación del funcionamiento de las aulas y del progreso general de los alumnos. El Consejo Escolar del centro valorará el desarrollo de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta resolución y emitirá un informe para información y seguimiento de la Comunidad Educativa, correspondiendo a los equipos docentes de cada instituto la evaluación individual y grupal de los alumnos.
La llegada masiva de inmigrantes a la Ciudad de Ceuta que tuvo lugar los días 17 y 18 de mayo ha generado una situación excepcional que supone un “reto” para la administración. La Ciudad asumió inicialmente la tutela de los más de 1.000 menores que cruzaron la frontera y aún se desconoce cuánto tiempo van a permanecer en esta situación. El sistema educativo ceutí tiene que hacer frente a la incorporación de un número elevado de menores que sufren carencias lingüísticas y competenciales y, por ello, deben articularse medidas que permitan que esta incorporación tenga lugar en las mejores condiciones posibles. La excepcionalidad de la situación requiere la adopción de medidas también “excepcionales”, con carácter “urgente”, dado el “irreversible efecto del transcurso del tiempo en el desarrollo” de los niños y niñas, dirigidas a su atención socioeducativa.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional considera que los menores extranjeros de dieciséis años tienen el derecho y el deber a la educación, que incluye el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria; y que los menores extranjeros de dieciocho años también tienen derecho a la enseñanza posobligatoria.
Las administraciones educativas serán las encargadas de asegurar los recursos necesarios para que el alumnado que requiera una atención educativa diferente a la ordinaria por motivos como el desconocimiento de la lengua, por encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeducativa, entre otros, “pueda alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales”. Del mismo modo, deberán favorecer la incorporación al sistema educativo de los alumnos que, por proceder de otros países, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español. Dicha incorporación se garantizará en la edad de escolarización obligatoria, atendiendo a sus circunstancias, conocimiento, edad e historial académico, para hacerlo en el curso más adecuado a sus circunstancias o conocimientos previos, para dotarle de los apoyos oportunos y que la educación sea aprovechada.
Desde el Ministerio de Educación y Formación Profesional prevén medidas de atención al alumnado con integración tardía en el sistema educativo español, entre ellas, la posibilidad de autorizar medidas transitorias en los centros educativos destinadas exclusivamente a atender al grupo de alumnos extranjeros que se incorporen por primera vez al sistema educativo español, con desconocimiento del castellano, adscribiéndolos a un grupo clase, o el apoyo en pequeño grupo, fuera del aula, para alumnado en situación de desventaja socioeducativa o con carencias en el uso de la lengua castellana. Se trata de medidas de atención a la diversidad previstas para una situación ordinaria de escolarización en los centros educativos.
Para los menores de 16 años, estas medidas irán dirigidas, en primer lugar, a la evaluación de su situación y nivel de competencia curricular con el fin de orientar su futura incorporación a un curso de educación secundaria obligatoria o a ciclos formativos de grado básico y, en segundo lugar, a garantizarles un nivel mínimo de competencia comunicativa en lengua castellana.
Los menores extranjeros no acompañados escolarizados contarán con programas específicos los alumnos que presenten graves carencias lingüísticas para facilitar su integración en el curso mejor adaptado para ellos. El desarrollo de estos programas será simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, adaptados al nivel y a la evolución de su aprendizaje.
Los objetivos de las aulas
En primer lugar, se va a proporcionar una primera medida de acogida en el sistema educativo, dirigida a evaluar la situación socioeducativa de cada menor y orientar su incorporación a un grupo ordinario, atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico. Seguidamente, se va a dotar al alumnado de la competencia lingüística básica en lengua castellana, oral y escrita, que permita un mínimo de interacción social con la comunidad educativa. Iniciar al alumnado en la adquisición de competencias y conocimientos básicos que faciliten su incorporación a un grupo ordinario. Por último, se va a consolidar normas de relación social, desarrollo de hábitos de trabajo básicos y rutinas escolares, técnicas de estudio y estrategias de aprendizaje, que mejoren el proceso de adaptación del alumnado de estas aulas a un grupo ordinario, favoreciendo su integración social.
En cuanto al profesorado
El apoyo educativo al grupo de alumnos será realizado por maestros, preferentemente con la especialidad de Educación Primaria, y cada aula tendrá su docente. Del mismo modo, cada instituto en el que funcionen las aulas contará con medio cupo de pedagogía terapéutica o audición y lenguaje, medio cupo de profesor técnico de servicios a la comunidad, un cupo de orientación y medio cupo de profesor de educación secundaria para la coordinación del equipo docente de las aulas. La coordinación recaerá, preferentemente, en un jefe de estudios del centro. También, el equipo docente de las aulas formará parte del claustro del centro.
Valoración inicial del alumnado
En cada centro, el equipo docente de las aulas realizará una valoración inicial del nivel de competencia lingüística en lengua castellana y del nivel de competencia curricular, así como de aquellos aspectos que pudieran ser relevantes para la adecuada atención educativa de cada alumno y alumna. Tras la valoración, aquellos alumnos y alumnas que, por su conocimiento de la lengua castellana, sus circunstancias, historia escolar y nivel de competencia curricular, estén en condiciones de integrarse en un grupo ordinario, lo harán de forma inmediata, incorporándose al centro sostenido con fondos públicos que se les asigne.
Los alumnos y alumnas serán agrupados en función del nivel de competencia lingüística y curricular de acuerdo con la valoración inicial efectuada. Permanecerán en las aulas el tiempo imprescindible para su incorporación a un grupo ordinario con los apoyos que resulten necesarios. Cada maestro o maestra tendrá asignado un grupo que, con carácter general, estará formado por quince alumnos y alumnas. Esta asignación es flexible y se irá revisando en función de la evolución de los menores y de su progresiva incorporación a otros niveles y a los grupos ordinarios. Los centros podrán optar por el trabajo conjunto de dos de los grupos.
El equipo directivo y el equipo de orientación del centro coordinarán las actuaciones y la organización de las aulas. Preferentemente, uno de los Jefes de Estudios designado por la Dirección será responsable de la coordinación y apoyo al equipo docente y del adecuado funcionamiento de estas aulas. Su horario deberá coincidir con el de funcionamiento de las mismas. La Dirección Provincial autorizará que dicha Jefatura de Estudios, durante este curso, no imparta docencia. Por último, el equipo docente de las aulas estará formado por los profesores y profesoras que atiendan los grupos que funcionen en un mismo centro.
Organización de enseñanzas y metodología de las aulas abiertas
El aula de primera acogida, evaluación e inmersión lingüística propiciará fórmulas de trabajo y organización flexibles que favorezcan el aprendizaje del alumnado y la adquisición de un nivel mínimo de competencia lingüística en lengua castellana. Se desarrollarán actividades que faciliten el análisis, la comprensión y la interacción de las diversas lenguas y culturas y que se adapten a las necesidades educativas del alumnado.
El equipo docente, coordinado por el Jefe o Jefa de Estudios responsable de estas aulas, establecerá los criterios e instrumentos para la evaluación inicial y elaborará la programación docente, de acuerdo con las directrices que establezca la Dirección Provincial. Se contemplarán tres niveles de competencia en la organización de los grupos. No necesariamente deben funcionar los tres niveles en los centros, sino que los mismos se establecerán una vez efectuada la valoración inicial del alumnado.
Cada alumno o alumna contará con un plan específico individualizado, elaborado por el equipo docente apoyado por el equipo de orientación, que recogerá las medidas previstas para su progreso. Se deben tener en cuenta en la atención educativa de este alumnado las causas que han dado origen a su incorporación tardía, las dificultades y los desajustes que conlleva la incorporación al contexto social, cultural y escolar, y la repercusión de todo ello en su desarrollo personal y en su aprendizaje
Incorporación de los menores a grupos ordinarios
A medida que los menores se incorporen a grupos ordinarios, se podrán adoptar en los centros que acojan a este alumnado las medidas destinadas a atender alumnos extranjeros que se incorporen por primera vez al sistema educativo español, con desconocimiento del castellano y las previstas para alumnado en situación de desventaja socioeducativa, destinándose a este fin la dotación de profesorado.
El tiempo de permanencia en las aulas de primera acogida, evaluación e inmersión lingüística atenderá a la aplicación de las medidas transitorias previstas para atender alumnos extranjeros que se incorporen por primera vez al sistema educativo español. La permanencia en las aulas se reflejará mediante diligencia en la documentación académica del alumno o alumna.