Manuela Domínguez Navas Ceuta 1808 + después de 1850
Esposa de José Canterac, jefe del Ejército Realista de Lima. Firmante de la Capitulación de Ayacucho

Manuela Domínguez nace en Ceuta el 24 de diciembre de 1808 siendo bautizada al día siguiente de su nacimiento en la Parroquia de Nuestra Señora de los Remedios, fueron sus padres don Pedro Domínguez Llorente Dávila y Aznar natural de Pontevedra y doña María de Carmen Navas Padilla, fue su padrino don Eugenio Domínguez tío de la bautizada.
Era su padre primer contador del Ministerio de la Real Hacienda de Ceuta durante la Regencia Provisional de España 1813-1814, regencia que se mantendría hasta la vuelta de Fernando VII, en que como oficial 2º ocupó la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda. En 1814 hizo expediente de Caballero de la orden de Carlos III, caballero pensionista. Decreto 12 de julio de 1814.
Manuela Domínguez era nieta materna de don Ramón de Navas que ocupó el puesto de teniente del rey en Ceuta e interinamente como gobernador en dos ocasiones 1798 y 1805. Tenía el grado de brigadier. Don Ramón de Navas falleció en Ceuta un 5 de diciembre de 1805.
Era hermana de Rafaela Domínguez Navas, nacida en Córdoba en 1817 y que casaría en 1839 con el ceutí Juan Zapatero y Navas Ducer, que sería teniente general del ejército, Ier marqués de Santa Marina.
Manuela Domínguez contrajo matrimonio en Valladolid, septiembre de 1826 con el mariscal de campo José de Canterac d´Ornezan y d´Orlie, nacido en Francia y militar al servicio de España.
Algunos datos sobre José de Canterac
José de Canterac militar de origen francés había nacido en el año de 1787 en Castes-Jaloux (Guyenne, Francia), actual departamento de Lot-et-Garonne. Su padre fue ejecutado durante la revolución francesa, por lo que pasó a vivir a España.
A pesar de su origen francés, participó en la guerra de la independencia (1808-1814) en el lado español. En 1815 al acabar la guerra fue promocionado al grado de brigadier.
En este mismo año fue destinado al virreinato del Perú, siendo nombrado jefe del E.M realista a las órdenes del mariscal de campo José de la Serna.
Llegado el año 1821 y debido a una sublevación La Serna pasó a ser virrey, participando en dicha sublevación Canterac por lo que sería nombrado jefe del ejército de Lima. En América sería conocido como el “gabacho” debido a su origen francés.
En 1822 obtuvo el empleo de mariscal de campo, y en 1823 fue promocionado a teniente general al vencer a las tropas del general San Martín en la batalla de Moquegua, Perú el 21 de enero de 1823.
Batalla de Ayacucho 9 de diciembre de 1824
Esta fue la última gran batalla que tuvo lugar en los dominios españoles en la América-hispana, conocida como Tierra Firme.
Antes, el 24 de mayo de 1822 había tenido lugar la batalla de Pichincha, en las faldas del volcán del mismo nombre en Quito. Batalla ganada por los independentistas a los mandos del mariscal Sucre. El acta de la capitulación fue firmada el 25 de mayo de 1822, por el Presidente de la Real Audiencia el mariscal de campo Melchor de Aymerich, nacido en Ceuta el 5 de enero de 1754.
Esta derrota realista abrió las puertas del Perú a los independentistas.
El 9 de diciembre de 1824 se inició la batalla de Ayacucho con tropas realistas al mando del mariscal de campo José de La Serna, batalla ganada por los independentistas, esta victoria aseguraba a las tropas bolivarianas la independencia del Perú y a la vez la independencia del resto de América del Sur, dicha batalla está considerada como la última de las guerras hispanoamericanas. A la vez que puso fin al virreinato del Perú.
Batalla de Ayacucho 9 de diciembre de 1824
Las fuerzas independentistas estaban a las órdenes del mariscal José de Sucre. Las realistas al mando del también mariscal José de la Serna.
Los realistas dominaban las alturas, los independentistas esperaban en el llano. La vanguardia de las fuerzas realistas inicio el fuego logrando ganar terreno, el mariscal Sucre envío sus tropas de reservas para poder contenerlos. A la izquierda estaba situada la artillería realista, el coronel al mando de la artillería atacó con todas las fuerzas siendo derrotado. Lo que dio ventaja a los independentistas decidiéndose la batalla a favor de estos, que capturaron toda la artillería. El mariscal Sucre pudo lograr la victoria. Cayendo en poder de los vencedores gran cantidad de prisioneros entre ellos el propio virrey de la Serna, que durante la batalla recibió varias heridas de balas.
José de Canterac en dicha batalla tenía el mando como jefe de las fuerzas de reserva, al resultar herido de la Serna, ocupó el mando hasta la derrota final.
José de Canterac firmante de la capitulación de Ayacucho.
Capitulación de Ayacucho
«Don José Canterac, teniente general de los reales ejércitos de S. M. C., encargado del mando superior del Perú por haber sido herido y prisionero en la batalla de este día el excelentísimo señor virrey don José de La Serna, habiendo oído a los señores generales y jefes que se reunieron después que, el ejército español, llenando en todos sentidos cuanto ha exigido la reputación de sus armas en la sangrienta jornada de Ayacucho y en toda la guerra del Perú, ha tenido que ceder el campo a las tropas independientes; y debiendo conciliar a un tiempo el honor a los restos de estas fuerzas, con la disminución de los males del país, he creído conveniente proponer y ajustar con el señor general de división de la República de Colombia, Antonio José de Sucre, comandante en jefe del ejército unido libertador del Perú, las condiciones que contienen los artículos siguientes:
»1° El territorio que guarnecen las tropas españolas en el Perú, será entregado a las armas del ejército libertador hasta el Desaguadero, con los parques, maestranza y todos los almacenes militares existentes.
»1° Concedido, y también serán entregados los restos del ejército español, los bagajes y caballos de tropas, las guarniciones que se hallen en todo el territorio y demás fuerzas y objetos pertenecientes al gobierno español.
»2° Todo individuo del ejército español podrá libremente regresar a su país, y será de cuenta del Estado del Perú costearle el pasaje, guardándole entretanto la debida consideración y socorriéndole a lo menos con la mitad de la paga que corresponda mensualmente a su empleo, ínterin permanezca en el territorio.
»2° Concedido; pero el gobierno del Perú solo abonará las medias pagas mientras proporcione transportes. Los que marcharen a España no podrán tomar las armas contra la América mientras dure la guerra de la independencia, y ningún individuo podrá ir a punto alguno de la América que esté ocupado por las armas españolas.
»3° Cualquier individuo de los que componen el ejército español, será admitido en el del Perú, en su propio empleo, si lo quisiere.
»3° Concedido.
»4° Ninguna persona será incomodada por sus opiniones anteriores, aun cuando haya hecho servicios señalados a favor de la causa del rey, ni los conocidos por pasados; en este concepto, tendrán derecho a todos los artículos de este tratado.
»4° Concedido; si su conducta no turbare el orden público, y fuere conforme a las leyes.
»5° Cualquiera habitante del Perú, bien sea europeo o americano, eclesiástico o comerciante, propietario o empleado, que le acomode trasladarse a otro país, podrá verificarlo en virtud de este convenio, llevando consigo su familia y propiedades, prestándole el Estado proporción hasta su salida; si eligiere vivir en el país, será considerado como los peruanos.
»5° Concedido; respecto a los habitantes en el país que se entrega y bajo las condiciones del artículo anterior.
»6° El Estado del Perú respetará igualmente las propiedades de los individuos españoles que se hallaren fuera del territorio, de las cuales serán libres de disponer en el término de tres años, debiendo considerarse en igual caso las de los americanos que no quieran trasladarse a la Península, y tengan allí intereses de su pertenencia.
»6° Concedido como el artículo anterior, si la conducta de estos individuos no fuese de ningún modo hostil a la causa de la libertad y de la independencia de América, pues en caso contrario, el gobierno del Perú obrará libre y discrecionalmente.
»7° Se concederá el término de un año para que todo interesado pueda usar del artículo 5°, y no se le exigirá más derechos que los acostumbrados de extracción, siendo libres de todo derecho las propiedades de los individuos del ejército.
»7° Concedido.
»8° El Estado del Perú reconocerá la deuda contraída hasta hoy por la hacienda del gobierno español en el territorio.
»8° El Congreso del Perú resolverá sobre este artículo lo que convenga a los intereses de la república.
»9° Todos los empleados quedarán confirmados en sus respectivos destinos, si quieren continuar en ellos, y si alguno o algunos no lo fuesen, o prefiriesen trasladarse a otro país, serán comprendidos en los artículos 2° y 5°.
»9° Continuarán en sus destinos los empleados que el gobierno guste confirmar, según su comportación.
»10. Todo individuo del ejército o empleado que prefiera separarse del servicio, y quedare en el país, lo podrá verificar, y en este caso sus personas serán sagradamente respetadas.
»10. Concedido.
»11. La plaza del Callao será entregada al ejército unido libertador, y su guarnición será comprendida en los artículos de este tratado.
»11. Concedido; pero la plaza del Callao, con todos sus en seres y existencias, será entregada a disposición de S. E. el Libertador dentro de veinte días.
»12. Se enviarán jefes de los ejércitos español y unido libertador a las provincias unidas para que los unos reciban y los otros entreguen los archivos, almacenes, existencias y las tropas de las guarniciones.
»12. Concedido; comprendiendo las mismas formalidades en la entrega del Callao. Las provincias estarán del todo entregadas a los jefes independientes en quince días, y los pueblos más lejanos en todo el presente mes.
»13. Se permitirá a los buques de guerra y mercantes españoles hacer víveres en los puertos del Perú, por el término de seis meses después de la notificación de este convenio, para habilitarse y salir del mar Pacífico.
»13. Concedido; pero los buques de guerra sólo se emplearán en sus aprestos para marcharse, sin cometer ninguna hostilidad, ni tampoco a su salida del Pacífico; siendo obligados a salir de todos los mares de la América, no pudiendo tocar en Chiloé, ni en ningún puerto de América ocupado por los españoles.
»14. Se dará pasaporte a los buques de guerra y mercantes españoles, para que puedan salir del Pacífico hasta los puertos de Europa.
»14. Concedido; según el artículo anterior.
»15. Todos los jefes y oficiales prisioneros en la batalla de este día, quedarán desde luego en libertad, y lo mismo los hechos en anteriores acciones por uno y otro ejército.
»15. Concedido; y los heridos se auxiliarán por cuenta del erario del Perú hasta que, completamente restablecidos, dispongan de su persona.
»16. Los generales, jefes y oficiales conservarán el uso de sus uniformes y espadas; y podrán tener consigo a su servicio los asistentes correspondientes a sus clases, y los criados que tuvieren.
»16. Concedido; pero mientras duren en el territorio estarán sujetos a las leyes del país.
»17. A los individuos del ejército, así que resolvieren sobre su futuro destino en virtud de este convenio, se les permitirá reunir sus familias e intereses y trasladarse al punto que elijan, facilitándoles pasaportes amplios, para que sus personas no sean embarazadas por ningún Estado independiente hasta llegar a su destino.
»17. Concedido.
»18. Toda duda que se ofreciere sobre alguno de los artículos del presente tratado, se interpretará a favor de los individuos del ejército español.
»18. Concedido; esta estipulación reposará sobre la buena fe de los contratantes.
»Y estando concluidos y ratificados, como de hecho se aprueban y ratifican estos convenios, se formarán cuatro ejemplares, de los cuales dos quedarán en poder de cada una de las partes contratantes para los usos que les convengan.
Dados, firmados de nuestras manos en el campo de Ayacucho, el 9 de diciembre de 1824. (Literal) José Canterac.-Antonio José de Sucre.»
NOTA: El artículo 11, dice: La plaza del Callao será entregada al ejército unido libertador. Concedido=, pero la plaza del Callao, con todos sus en seres y existencias, será entregada a disposición de S. E. el Libertador dentro de veinte días.
Unos apuntes sobre el Callao, Perú
La plaza del Callao estaba en poder de los españoles desde el 16 de febrero de 1824, días antes los independentistas que se encontraban en el Callao se sublevaron, señalando que quién ofreciera cierta cantidad de pesos se pasarían a su lado.
El general Rodil que se encontraba en la provincia de Ica, indicó al teniente coronel Isidro Alaix (Ceuta 11 de octubre de 1789), que buscara un voluntario, ofreciéndose el propio Alaix para convencer a los sublevados, saliendo de la rada de Pisco en un bote con diez mil pesos en dinero, acompañado del capitán Riera.
En los castillos, la emoción de ver la edificación más importante del pacífico sur junto a mil quinientos combatientes que se ganaron a la causa de España, llevó a Isidro Alaix a darles un generoso abrazo a los coroneles José María Casariego y Dámaso Moyano, que se encontraban prisioneros. Los oficiales fueron recibidos con salvas de artillería y se logró por el momento asegurar la fortificación; coordinar las disposiciones generales y distribuir algunos pesos, para calmar la incertidumbre general de los soldados que durante varios meses no habían recibido algún tipo de paga.
Informado Alaix sobre los pormenores de la sublevación que devino en la entrega de las fortalezas; pidió reunirse con el general independentista Rudecindo Alvarado que se hallaba recluido en la casa del gobernador. Ordenó a los guardias que se separaran de la puerta para luego poner en conocimiento del general Alvarado, de la nueva situación en la cual se encontraba y a partir de ese momento era prisionero de los españoles.
El encargado de transportar al rehén de alta graduación fue el capitán Riera, que partió la noche misma de su llegada y regresó después de cuatro días al puerto de Ica.
El Callao quedó como el último baluarte español en Tierra Firme. El Callao sería sitiado por las tropas del general Salom, por orden de Bolívar, desde el 5 de diciembre de 1824 hasta el 23 de enero de 1826, fecha en que sin comida ni ayuda de España, tuvieron que capitular. Con esto se perdía la última posesión española en Tierra Firme.
El brigadier Rodil como comandante militar de la fortaleza del Callao y su jefe de E.M, teniente coronel Alaix, se negaron a aceptar la capitulación de Ayacucho con la esperanza de que recibirían refuerzos de España, refuerzos que nunca llegaron. Tras la pérdida del Callao solo le quedaba a España en América la Isla de Cuba y Puerto Rico. (Fin del apunte sobre el Callao)
Tras la capitulación de Ayacucho todos los oficiales jefes y tropas partieron para Quilca, provincia de Camaná en el Departamento de Arequipa, donde esperaba la Armada para trasladarlos a España.
El general Canterac embarcó en el Puerto de Quilca en la fragata francesa Ternaux, el 25 de enero de 1825. Desde Río de Janeiro mandó a través del cón-sul un memorándum explicando la batalla y capitula¬ción de Ayacucho al secretario de Estado y Despacho de la Guerra para que fuera trasladado a S. M. el Rey.
A su regreso a España a tendrían que soportar el desprecio con que los peninsulares denominaban a los perdedores “Ayacuchos”
En los nombres que se citaron, como Ayacuchos, aparece el virrey de La Serna, el jefe de la caballería, don Valentín Ferraz, el jefe del alto mando teniente general don José de Canterac, al mando de la división de Vanguardia don Jerónimo Valdés, de la primera división general don Juan Antonio Monet, segunda división general don Alejandro González de Villalobos, división de reserva general José Carratalá, también aparecen los nombres de don Baldomero Espartero y don Isidro Alaix.
Baldomero Espartero no pudo participar en la batalla de Ayacucho, ya que nada más desembarcar cayó prisionero, estando a punto de ser fusilado en más de una ocasión,
En cuanto al ceutí Isidro Alaix se encontraba desde el 5 de febrero de 1824 en El Callao, donde permaneció hasta el 23 de enero de 1826, fecha en que tuvieron que capitular, Por lo que no pudo participar en dicha batalla.
Canterac nada más regresar a España percibió como eran recibidos los Ayacuchos, a los que se les prohibió entrar en la Corte, siéndole comunicado a Canterac por el secretario del Despacho de la Guerra, su deber de pasar a residir en Valladolid, En esta ciudad permanecería de cuartel hasta 1832.
Durante su estancia en Valladolid el 18 de diciembre de 1826 contrajo matrimonio con Manuela Domínguez, natural de Ceuta. De este matrimonio nacieron: Carolina, Elisa, Isabel, José y Dolores.
Al estallar el problema dinástico en España tras firmar Fernando VII la pragmática sanción de 1830 y la abolición de la ley sálica, y tras la marcha a Portugal del pretendiente al trono el hermano de Fernando VII Carlos María de Isidro de Borbón, se creó el Ejército de Observación del Tajo, también conocido como Ejército de Observación de Portugal al mando como comandante en jefe del teniente general Pedro Sarsfield, nacido en Ceuta el 28 de diciembre de 1781, José de Canterac fue incorporado al mismo como comandante general de la segunda división de dicho ejército.
En 1832 Canterac fue nombrado comandante general el Campo de Gibraltar y en 1833 obtuvo el nombramiento de capitán general de Madrid.
Estando de capitán general de Madrid, el 18 de enero de 1835 tuvo lugar el pronunciamiento liberal del teniente del Regimiento de Aragón Cayetano Caldero, demandando el restablecimiento de la Constitución de 1812. Canterac creyó que con su presencia bastaría para acabar con la sublevación, se presentó solo con su ayudante recriminando al teniente Caldero y desarmándolo, Canterac por dos veces grito ¡Viva el Rey!, una descarga dejó muerto a Canterac en la Puerta del Sol de Madrid.
El teniente Cayetano Caldero no fue castigado por el gobierno a pesar de haber sido el causante de la muerte del capitán general de Madrid.
Teniendo en consideración el desgraciado fin y los buenos servicios del teniente general D. José Canterac, capitán general que fue de Castilla la Nueva al tiempo de su muerte, se concede a su viuda Doña Manuela Domínguez para sí y sus hijos igual pensión de veinte mil reales anuales
Está rubricado de la Real mano.=En Palacio a I° de febrero de 1837.=A D. Isidro Alaix. (Boletín Oficial de Madrid, 21 de febrero de 1839).
NOTA: En esta fecha Isidro Alaix era Ministro de la Guerra.
El 19 de noviembre de 1843, le fue concedido a su viuda, doña Manuela Domínguez Navas, la Banda de Dama Noble de María Luisa y cuatro años más tarde la propia reina Isabel II, por decreto de 3 de julio de 1847 le concedió la merced de título de Castilla con la denominación de condesa de Casa Canterac, por los méritos y servicios de su marido el teniente general José de Canterac, hoy en poder de sus descendientes, su hijo José, heredó el título.
Valladolid, finca de Canterac
La finca era propiedad del Convento de San Pablo.
En 1826, el Prior y Depositario del Convento de San Pablo de Valladolid, firmó la escritura de venta, a favor de Don José de Canterac.
En 1850 su viuda doña Manuela Domínguez vendió las fincas a los condes de la Oliva y marqueses de Sieteiglesias. Con el tiempo los nuevos propietarios construyeron en dicha finca un palacio, que sería también conocido como Castillo de Canterac.
En 1918 la Orden de los Escoceses compró la finca.
En 1943 es derribado el palacio.
En 1970 fue cedida y vendida al Ayuntamiento de Valladolid. Cediendo 70 Ha, pero con la condición de no edificar viviendas, y venden las otras 13 Ha. En la zona cedida es donde se ubican los servicios dotaciones del Barrio de Delicias (Parque Canterac, Colegio, Instituto. Centro para personas mayores, Ambulatorio, Espacios deportivos, Bomberos y Policía Municipal. (Historia de la Finca de Canterac).
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