Publicadas las ayudas para estudios universitarios y otros para el curso 2022/2023
EDUCACIÓN
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde este miércoles, excepto para las ayudas de carácter extraordinario que solo serán cinco días hábiles

En el Boletín Oficial del Estado de Ceuta (BOCCE) de este martes se ha publicado la aprobación de la convocatoria para la concesión de ayudas universitarias y otros, en régimen de concurrencia competitiva para el curso 2022/2023. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOCCE, excepto para las ayudas de carácter extraordinario.
El objeto de las citadas ayudas es coadyuvar al gasto que genera en las familias más desfavorecidas la realización por parte de alguno de sus miembros. Van dirigidas a los siguientes estudios: enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado o enseñanzas universitarias a extinguir, en los siguientes casos: cursadas en Ceuta con carácter presencial o a distancia; cursadas fuera de Ceuta, excluyendo aquellas que se puedan cursar, con carácter presencial, en la ciudad de Ceuta; o en el supuesto de las ayudas extraordinarias, excluyendo aquellas que se puedan cursar en el ámbito de estudios que se imparten en el Campus de Ceuta; enseñanzas de formación profesional de grado superior, pertenecientes a ciclos formativos de grado superior no impartidos en Ceuta; enseñanzas no universitarias del ejercicio coreográfico, lírico y musical, arte dramático, canto, danza y el sector audiovisual, no impartidas en Ceuta y estudios universitarios de formación de postgrado o de tercer ciclo, organizados por Administraciones Públicas, Universidades Públicas, o entidades e instituciones sin ánimo de lucro y con reconocimiento en el territorio nacional.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las personas físicas con plena capacidad de obrar que cumplan los requisitos y demás circunstancias fijadas en las bases reguladoras y en la convocatoria, entre otras: ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, siendo preciso en este último caso que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España; estar matriculado en alguna de las enseñanzas que se enumeran en el apartado Primero anterior; residir en Ceuta; no disfrutar de ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualquier Administración o ente público o privado nacional o internacional y cumplir los requisitos académicos fijados y no superar los umbrales económicos establecidos.
La cuantía de las ayudas será las siguientes: para las enseñanzas universitarias cursadas en Ceuta: 800 €. Para las cursadas en el territorio nacional: 2.650 €. Las cursadas en un Estado miembro de la Unión Europea: 3.000 €. Para las enseñanzas referidas en el apartado Segundo b): 1.500 €. Para las enseñanzas del apartado Segundo c): 1.500 €. Para las enseñanzas indicadas en el apartado Segundo d): 100% de los costes de matriculación, hasta un límite de 2.500 €.
Con carácter extraordinario, se establece una ayuda de 9.000 € para el alumnado de familias con umbrales de renta mínimos que realicen estudios contemplados en el apartado Segundo a), en territorio nacional siempre que no puedan ser cursados en Ceuta y cumplan los requisitos establecidos para ello, con un plazo de cinco días hábiles para solicitarla.
Las solicitudes se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Ciudad de Ceuta (https://sede.ceuta.es/controlador/controlador?cmd=tramite&modulo=tramites&tramite=SDAPE) donde se encuentran los distintos modelos de solicitudes y también en cualquiera de las formas establecidas. Pinchando aquí puede consultar el BOCCE.