PASO DEL ESTRECHO
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SOCIEDAD
La delegación de Andalucía Acoge en Ceuta ha empezado este miércoles ha impartir dos sesiones formativas en la ciudad autónoma, en el marco de la ejecución de dos de sus proyectos financiados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y el Fondo de Asilo, Migración e Integración de la UE.
La primera formación tuvo lugar en la sala de usos múltiples de la Biblioteca Pública Adolfo Suárez bajo el nombre ‘El nuevo rostro de la esclavitud‘, una capacitación dirigida a profesionales del sector social, impulsada a través de Fara, un proyecto de fortalecimiento de la red de prevención y protección integral a las víctimas o posibles víctimas de trata de seres humanos, por Elvira Pérez hablando sobre la reforma del reglamento de extranjería de 2022.
Pérez habló sobre las situaciones administrativas de los migrantes en España y la situación admnistrativa regular: situación acorde a las leyes y dispone de documento expedido por el país que le autoriza a permanecer un tempo determinado o indeterminado. En cambio una persona con situación administrativa irregular que no disponen de tal documento, factor determinante de exclusión social, favorecimiento de Indefensión y abusos, imposibilidad de ejercicio de determinados derechos fundamentales, irregularidad administrativa sobrevenida e imposibilidad de renovación de autorizaciones.
Comentó varios conceptos básicos como el NIE (Número de identidad de extranjero): Número de identificación del extranjero. Se obtiene: cuando se inicie un procedimiento para obtener un documento que habilite a permanecer en territorio español, que no sea visado; por la incoación de un expediente sancionador, A petición del interesados por sus intereses económicos, profesionales o sociales (requisitos: no encontrarse irregularmente en España y comunicar los motivos).
TIE (Tarjeta de identidad de extranjero): Documento destinado a identificar al extranjero a los efectos de acreditar su situación legal en España. Todo extranjero con visado o autorización a permanecer en España por periodo superior a 6 meses tiene el derecho y deber de obtener la TIE. Tendrá idéntico periodo de vigencia que la autorización. Perderá su validez cuando se produzca la de la citada autorización.
Pasaporte: el pasaporte o documento de viaje en el que conste el sello de entrada acreditará, además de la identidad, la situación de estancia en España en aquellos supuestos de extranjeros que no precisen de la obtención de un visado de corta duración. Visado: el visado válidamente obtenido acredita la situación para la que hubiese sido concedido. La validez de dicha acreditación se extenderá desde la efectiva, entrada de su titular en España, hasta la obtención de la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero o hasta que se extinga la vigencia del visado. Estancia: permanencia en territorio español por un período de tiempo no superior a 90 días. Residencia: extranjeros que se encuentren en España y sean titulares de una autorización para residir (temporal o de larga duración)
Por su parte, este jueves 10 de noviembre, de 10.30 a 12.30h se impartirá otra sesión informativa para dotar de herramientas al personal del Centro Penitenciario de Ceuta que permitan la detección y atención de víctimas y posibles víctimas de delitos de odio. Esta jornada es una de las actividades del proyecto OWO para prevenir y combatir discursos y delitos de odio. En esta sesión, se profundizará sobre qué son este tipo de delitos, cómo se tipifican, cómo se pueden denunciar, qué recursos existen la actualidad para proteger y atender a las víctimas, etc.
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