Seis meses de prisión para un hombre que traficaba con 152 pastillas de alprazolam
JUZGADOS
El ahora condenada corría por la avenida regulares sobre las 2:30 de la madrugada, llamando la atención de agentes policiales que transitaban por el lugar y que le requirieron para que se detuviese, pese a lo cual intentó huir

Sobre las 2:30 horas del día 23 de enero de 2021, un sujeto posteriormente identificado como B. M. E., se encontraba corriendo por la avenida Regulares de Ceuta cuando fue observado por agentes de la autoridad quienes le requirieron para que se detuviera, a pesar de lo cual intentó huir provocando así una breve persecución tras la cual procedieron a identificarlo y cachearlo.
Como resultado de esta inspección, los agentes policiales hallaron en el interior de la sudadera del acusado, entre otras cosas, 152 pastillas con alprazolam como principio activo y con un valor en el mercado de 756,96 euros que, según la calificación previa hecha por el Ministerio Fiscal, el acusado pensaba destinar a la venta y donación de terceras personas.
Adicionalmente también se halló en poder del acusado 96 euros en efectivo que provenían de la ilícita actividad que estaba llevando a cabo el acusado. Estos hechos constituyen un delito contra la salud pública de sustancia que no causa grave daño a la salud, tipificado y penado en el Código Penal, por lo que B. M. E. ha debido acudir vía telemática por ante el Tribunal de lo Penal Nº 1 de Ceuta a responder por estos hechos.
Previamente, la defensa del acusado a informado al representante de la acusación pública la intención de su defendido de reconocer los hechos por los que es señalado, evitando así la realización del juicio y accediendo a una condena menor a la solicitada de manera provisional por el Ministerio Fiscal y que alcanzaba a los 2 años de prisión, así como una multa proporcional de 1.000 euros con responsabilidad civil subsidiaria de tres de privación de libertad en caso de impago.
Finalmente la sentencia ha sido dictada a viva voz y B. M. E. ha sido condenado a seis meses de prisión suspendidos por dos años con la condición de no delinquir en ese periodo de tiempo y en cuyo caso deberá ingresar a la cárcel para cumplir de manera efectiva la condena. La sentencia ha sido declarada firme tras la manifestación de las partes de no recurrirla.