La Sección VI condena a dos años de prisión a dos acusados de traficar con cocaína

JUZGADOS

El Ministerio Fiscal no se ha opuesto a la suspensión de la ejecución de la pena al cumplirse los requisitos para tal fin condicionada a que los acusados no delincan durante un plazo de 5 años

FOTO EL PUEBLO
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A dos años de prisión suspendidos durante cinco años han sido sentenciados dos sujetos identificados como C. G. O., y A. B. A. L., quienes sobre las 1:15 horas del día 26 de diciembre de 2022 se encontraban juntos en el interior de un vehículo cuando agentes de la Policía Nacional les sorprendieron en la calle Capitán Claudio Vázquez de la Ciudad Autónoma de Ceuta realizando un acto de venta de droga a un tercero no identificado.

Los agentes del CNP les dieron el alto, siendo la respuesta de los acusados el darse a la fuga a gran velocidad, ignorando las señales acústicas y luminosas emitidas por los agentes desde coches patrulla para que detuvieran su marcha.

Durante la persecución, uno de los acusados, el identificado como A. B. A. L. conducía el mencionado vehículo a sabiendas de que carecía de permiso de conducir, mientras que el acusado C. G. O. arrojaba cuatro papelinas de cocaína al suelo de la calzada, hasta que finalmente fueron interceptados por agentes de la Policía Nacional en la confluencia con la avenida Lisboa.

Tras la detención de los sujetos se realizó una inspección ocular en el vehículo de los acusados, donde se encontraron ocultas en una riñonera cuatro papelinas más de cocaína, arrojando un peso neto total de 0,187 gramos con una pureza del 99,47% y con un valor de 80,8 euros en el mercado ilícito.

Por estos hechos el Ministerio Fiscal ha calificado un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan grave daño a la salud y un delito contra la seguridad del tráfico por los que los acusados han debido presentarse a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, donde su defensa ha informado a la representante de la acusación pública la intención de sus defendidos de reconocer su responsabilidad en los hechos por los que son señalados.

Por el delito de delito contra la salud pública, por el que son señalados ambos acusados, el Ministerio Fiscal ha solicitado una pena de dos años de prisión y multa de 80 euros con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 3 días, así como la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y costas.

El acusado A. B. A. L. responde como autor del delito contra la seguridad del tráfico, por el que se ha solicitado se le imponga la pena de 12 meses de multa a razón de 10 euros diarios con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

El Ministerio Fiscal no se ha opuesto a la suspensión de la ejecución de la pena al cumplirse los requisitos para tal fin condicionada a que los acusados no delincan durante un plazo de 5 años

Tras el reconocimiento de los hechos por parte de los acusados, el tribunal ha dictado sentencia según los términos solicitados por la acusación pública, otorgando el fraccionamiento a 23 plazos de la multa impuesta a A. B. A. L. de 12 meses de multa a razón de 10 euros diarios. Del mismo modo ha impuesto el pago de un tercio de las costas procesales a C. G. O. y dos tercios a A. B. A. L., dictando sentencia a viva voz y declarándola firme.

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