Lo envían 3 años a prisión por intentar traficar con más de 26 kilos de hachís

JUZGADOS

Una vez encontrada la droga, y cuando se procede a la identificación del detenido, los agentes de la Benemérita procedieron a consultar la base de datos de la DGT, determinando que el acusado carece de permiso o licencia de conducir alguno, no habiéndolos obtenido nunca

FOTO EL PUEBLO
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Nuevamente el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Ceuta ha conocido una causa en contra de un sujeto acusado de un delito contra la salud pública de sustancia que no causa grave daño a la salud en su modalidad agravada de notoria importancia, después que un sujeto identificado como A. M. M. fuera detenido en la Estación Marítima de Ceuta fuera detenido por agentes de la Guardia Civil al intentar pasar a la península más de 26 kilos de hachís.

El acusado, sobre las 8:00 horas del día 7 de marzo del presente año, se encontraba en la Estación Marítima con la intención de embarcar en uno de los trasbordadores con destino a Algeciras, cuando infundió sospechas a los funcionarios de la Guardia Civil que prestaban servicio en el control de embarque, lo que provocó que procedieran a la intervención del vehículo en el que viajaba. a lo que el acusado mostró su consentimiento.

Producto del registro efectuado se encontraron ocultos en las cuatro ruedas del vehículo intervenido, propiedad del acusado, sesenta y siete paquetes de lo que resultó ser hachís y que tras su análisis arrojó un peso de 26.883,46 gramos, con un índice de THC de 47,9 % y con un valor en el mercado ilegal de 60.333,72 euros, que el acusado pensaba destinar a la venta o donación a terceras personas.

Una vez encontrada la droga, y cuando se procede a la identificación del detenido, los agentes de la Benemérita procedieron a consultar la base de datos de la DGT, determinando que el acusado carece de permiso o licencia de conducir alguno, no habiéndolos obtenido nunca.

Por este motivo, el Ministerio Fiscal ha calificado contra A. M. M. además del delito contra la salud pública de sustancia que no causa grave daño a la salud en su modalidad agravada de notoria, un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción sin permiso, ambos previstos y penados en el Código Penal.

Una vez ante el tribunal, a donde ha acudido el acusado conducido por agentes de la Policía Nacional desde la prisión de Mendizábal, la defensa de A. M. M. ha informado la intención de su defendido de reconocer su responsabilidad por los hechos por los que era señalado y su intención de conformarse con la pena solicitada por el Ministerio Fiscal.

De este modo, y sin necesidad de que se realizara el juicio, el titular del juzgado ha dictado sentencia a viva voz, condenando al acusado a una pena de tres años y cuatro meses de prisión e imponiéndole una multa de 130.000 euros con la responsabilidad personal subsidiaria de tres días en caso de impago por el delito contra la salud pública, y a tres meses de prisión de prisión por el delito contra la seguridad vial. El Ministerio Fiscal se ha opuesto a la suspensión de la pena de prisión, misma que deberá cumplir el ahora condenado.

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