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SEPE
En España, son muchas las amas de casa mayores de 45 años que tienen verdaderas dificultades para reincorporarse al mercado laboral. Como algunas de ellas ya agotaron la prestación contributiva por desempleo (el paro), el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) intenta protegerles con un mini paro de 480 euros mensuales, a modo de subsidios por desempleo, con la finalidad de darles una cobertura económica y de formación. Para ello deben cumplirse con unos requisitos previos.
Las mujeres con edades comprendidas entre los 45 y 52 años tienen la oportunidad de acceder a dos tipos de subsidio por desempleo cuando demuestran una carencia de rentas tras haber agotado el paro: el subsidio para mayores de 45 años y la Renta Activa de Inserción (RAI). Una vez cumplidos los 52 años, les corresponderá cobrar el subsidio para mayores de 52 años.
En función de la ayuda económica que soliciten, las amas de casa deberán acreditar el cumplimiento también de unos requisitos específicos que se establecen para cada una de estas ayudas no contributivas. Eso sí, el objetivo es que vuelvan a encontrar un empleo lo antes posible.
Tras haber agotado el paro, la primera ayuda a la que tendrán acceso las amas de casa será en subsidio para mayores de 45 años, cuando no tengan hijos a cargo. Esta ayuda tiene una cuantía fija de 480 euros al mes en 2023 y se tendrá que estar inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que se perciba.
Además, hay que demostrar al SEPE que los ingresos mensuales no superan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, 750 euros al mes y suscribir el compromiso de actividad.
La administración entenderá que no hay hijos a cargo cuando son mayores de 26 años. En función de esto, si se tienen cargas o no, la ayuda tendrá una duración determinada:
Amas de casa con cargas familiares
Amas de casa sin cargas familiares
REQUISITOS PARA COBRAR EL MINI PARO
CÓMO SOLICITAR EL SUBSIDIO POR INSUFICIENCIA DE COTIZACIÓN
La documentación que debe aportar:
DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD
La solicitud se podrá presentar a través de:
PLAZO PARA PRESENTAR LA SOCILITUD
El derecho al subsidio nace el día siguiente de la situación legal de desempleo. Quien cumpla con los requisitos debe presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo.
CUÁNDO SE COBRA
El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato al que corresponda el devengo. Se abonará, salvo excepciones, en la cuenta que sea titular de la misma.
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