A prisión 7 personas por delitos de odio tras escribir mensajes racistas en redes a menores no acompañados

JUSTICIA

A juicio de los magistrados, el discurso del odio "no puede estar amparado en la libertad de expresión". "La libertad de expresión no puede ser colocada en un plano superior sobre la dignidad de la persona ni se puede pretender que tal libertad prevalezca sobre la dignidad", sostienen

FOTO EL PUEBLO
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La Sección séptima de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a siete personas de Melilla a penas de prisión de uno a dos años por la comisión de delitos de odio tras escribir expresiones "humillantes, agresivas e hirientes" hacia el colectivo de menores extranjeros no acompañados ('menas) en 2017, a través de un grupo de Facebook compuesto por 14.000 miembros.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se estima parcialmente un recurso presentado por el Servicio Jesuita de Migrantes y la Fiscalía contra el fallo del Juzgado de lo Penal 1 de Melilla, que absolvió a los ahora condenados. En este nuevo procedimiento, los jueces han rechazado la tesis de las defensas de los ahora condenados que alegan que las manifestaciones de sus defendidos se encuentran amparadas por su libertad de expresión.

"No se condena a los acusados por su expresión de ideas u opiniones sobre la delincuencia en general que en aquella época existía en la Ciudad Autónoma de Melilla sino porque, de tales ideas y opiniones, sin género de dudas como puede entreverse de sus comentarios en las redes sociales, se desprende un desprecio absoluto hacia otro igual, otro ser humano (en este caso, además, un individuo menor de edad extranjero no acompañado por sus padres o representantes legales perteneciente a un colectivo vulnerable y desamparado que radica en la Ciudad Autónoma de Melilla, principalmente conocido popularmente por el acrónimo 'mena) por el simple hecho de ser diferente, por proceder de otra nación y por haber accedido irregularmente a nuestro país", explica.

A juicio de los magistrados, el discurso del odio "no puede estar amparado en la libertad de expresión". "La libertad de expresión no puede ser colocada en un plano superior sobre la dignidad de la persona ni se puede pretender que tal libertad prevalezca sobre la dignidad", sostienen.

Entre las expresiones vertidas por algunos de los condenados y que el tribunal ha catalogado como delito de odio destacan: "Más mano dura y a su puto país", "nunca llames a la policía después de darle una paliza, lo dejas por cualquier sitio que es lo que se merece esta gentuza", "eso se solucionaba dando un día de ciudad sin ley", yo le daba un día de vacaciones a la justicia y dejaba al pueblo actuar libremente y sin consecuencias. Y en 24 horas se quedaba Melilla limpita como la patena". La Audiencia ha ordenado la retirada de los contenidos y el bloqueo del acceso a los mismos.

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