La Defensa de Román pide absolverla por la “confusa” ordenanza de 2006

El letrado Javier Izquierdo, que también representa a la exconsejera de Asuntos Sociales, Rabea Mohamed, insistió en que el procedimiento de las 170 VPO de Loma Colmenar estuvo bien aplicado al estar las casas cien por cien financiadas por el Estado

Susana Román durante sus declaraciones en el juicio por el 'caso Emvicesa'. /FOTO REDUAN
Susana Román durante sus declaraciones en el juicio por el 'caso Emvicesa'. /FOTO REDUAN

En el último día de juicio por el ‘caso Emvicesa’ por la adjudicación irregular de Viviendas de Protección Oficial (VPO) en Ceuta, la polémica sobre la aplicación correcta de normativas a la hora de entregar casas protegidas a vuelto a ponerse sobre la mesa durante la jornada matutina en la que el letrado de las dos políticas acusadas -las exconsejeras de Fomento, Susana Román y de Asuntos Sociales, Rabea Mohamed- Javier Izquierdo tuvo una larga intervención sobre las conclusiones antes de que la macrocausa quedara vista para sentencia. Como Román hace solo unas semanas en sus declaraciones, el abogado volvió a poner en duda los conocimientos de la Fiscalía y las funciones que supuestamente ha tenido siempre la Comisión Local de la Vivienda (CLV) dentro del procedimiento. La mañana finalizó con la magistrada Isabel Valriberas defendiendo al expolítico Mohamed Ali en la misma línea.

“Para la Fiscalía parece que no había ninguna duda. Había que aplicar la ordenanza de 2006 sí o sí. No coincidimos con ellos”, explicó Izquierdo antes de empezar con su informe. El letrado desglosó su amplio argumentario para que se absuelva a sus representadas de los delitos de falsedad documental y prevaricación. Además, tampoco aceptó el delito subsidiario propuesto por el Ministerio Público de falsedad imprudente. Las defensas de todos los políticos encausados giran en torno al mismo asunto: la CLV era un organismo político, no administrativo, ya que siempre ha carecido de jerarquía o funciones y competencias debidamente estipuladas. El ‘poder’ para adjudicar sí lo tenía según la antigua ordenanza, la de 1998, pero no, exponen, según la de 2006. Las funciones de la CLV han sido uno de los debates durante las vistas judiciales.

Por lo tanto sostienen que la aplicación era la del convenio marco de 2007, del que sale una comisión técnica de evaluación, un organismo mixto entre el Estado y la Ciudad, que se encarga de llevar a cabo los procedimientos del proceso de adjudicación. La construcción de las 600 casas que englobaban las 170 y 317 fueron financiadas “totalmente por el Estado”, según han defendido en reiteradas ocasiones los letrados, por lo que no es aplicable la ordenanza de 2006 que reclama la Fiscalía.

Izquierdo puso especial hincapié en la desacreditación este martes por parte de la Fiscalía de las declaraciones de Josefina Álvarez, exjefa del área de Urbanismo en la Ciudad y que tiró por tierra la ordenanza de 2006, una normativa que en sus palabras debería “declararse nula” por la cantidad de deficiencias que contiene. “A Álvarez no nos une ninguna relación personal, pero no compartimos las alusiones de la Fiscalía cuando dijeron que estaba jubilada. Como si las personas que están jubiladas ya no valen, no guardan sus conocimientos”, reprochó Izquierdo.

El abogado de Román y Rabea criticó que la única ‘fuente’ del Ministerio Público fueran María José Cariñanos, que, en palabras del letrado, ya admitió deficiencias en la ordenanza de 2006, además de que confirmó su mala relación con López, Román y demás trabajadores de la empresa municipal de vivienda. También puso en tela de juicio los conocimientos de otros testigos como la otra asesora jurídica, Mónica Argent, la exgerente de Emvicesa o Kissy Chandiramani. De esta última criticó que “ni siquiera sabía lo que era la ponencia técnica”.

“Cuando la Fiscalía, en su informe escueto, dice que nos quedamos huérfanos de procedimiento de adjudicación de viviendas -por las declaraciones de Álvarez hace semanas- me podría extender mucho, pero solo le digo una cosa, de forma respetuosa. ¿A mí qué me cuenta?”, preguntó tajante.

Izquierdo argumentó la falta de pruebas en cuanto al delito de prevaricación enfatizando que Román por aquel entonces -hablando de las adjudicaciones de las 170 VPO, ya que en cuanto a las 317 la acusación pública no la nombra- era consejera de Fomenta. La cantidad de responsabilidades que conlleva dicho cargo, según el magistrado, imposibilitan que se sepa ‘al dedillo’ las normativas sobre las competencias que se le otorgan. “Hay una elaboración de listas por las personas competentes y una redacción de los contratos por parte de las asesoras jurídicas. El procedimiento da por hecho que está bien hecho. Lo que hace es simplemente firmarlo. ¿Cuáles son las normas elementales que tiene que seguir?”, se pregunta haciendo referencia a la pena subsidiaria por falsedad imprudente que pide el Ministerio Público.

El letrado reprochó a la acusación pública que “no hubiera dedicado ni cinco minutos” a explicar por qué da por hecho el dolo o el “a sabiendas” de Román en la firma de unos determinados escritos o actas. Por ello en cuanto a la falsedad documental, Izquierdo fue algo más breve, enfocando su razonamiento en que para que exista tal delito, debe de existir un documento que lo avale.

Rabea y Ali, en la misma línea

La principal réplica de Izquierdo a la Fiscalía conforme a la acusación de Rabea fue que encargó una lista a Servicios Sociales para estudiar diferentes casos para la promoción de las 317 viviendas dos días antes de la publicación de la ‘lista fantasma’ en este medio. Por ello, Izquierdo ve claro que no sabía nada sobre ese procedimiento irregular. Un falló que también resaltó Izquierdo, a su juicio, fue que en el transcurso del procedimiento policial fueron registradas las dependencias de Emvicesa cuando estalló el caso. “Preguntaron por los expedientes de las 170 viviendas, pero al estar finalizados se encontraban en Vivienda, no en las dependencias de Emvicesa donde los buscó la Udyco”, recalcó.

La abogada de Mohamed Ali, Isabel Valriberas insistió en que su representado era un mero concejal de la oposición, en minoría y sin ningún poder decisorio. También precisó detenidamente que la CLV no tenía las competencias que la Fiscalía pretendía otorgarle. “Ya se ha explicado que los compromisos eran legales, la confusión con las ordenanzas y el contexto político y de elecciones en el que se dió esta situación en Ceuta, una ciudad con alta necesidad de viviendas de protección.

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