Casi cinco millones de euros para las entidades locales que contraten a desempleados
BOCCE
Aprobada la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario 2024, de subvenciones públicas en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales que contraten desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta en su edición extraordinaria publicaba el extracto de la resolución del SEPE por la que se aprueba la convocatoria para la concesión, con cargo al ejercicio presupuestario 2024, de subvenciones públicas en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales que contraten desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, una convocatoria de casi cinco millones de euros.
Los beneficiarios son las entidades locales, incluidas sus corporaciones locales, así como sus organismos autónomos, o las entidades con competencias en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y promoción de la ocupación, dependientes o vinculadas a aquéllas, cuya titularidad corresponda íntegra o mayoritariamente a las mismas en la ciudad de Ceuta, que contraten personas trabajadoras desempleadas para la realización de obras y servicios de interés general y social, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 43 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre.
Serán objeto de este programa las subvenciones dirigidas a facilitar la colocación y la adquisición de competencias profesionales a las personas desempleadas que participen en el mismo, mediante su contratación para la realización de obras o servicios de interés general y social.
El importe total de la convocatoria es de 4.630.986,00 euros. Se aprobarán los proyectos que en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el art.44 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, hayan obtenido una puntuación mínima de 15 puntos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, y los artículos 4, 5 y 20 y el Anexo de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, las subvenciones objeto de esta convocatoria se destinarán a la financiación de los costes salariales y de Seguridad Social por todos los conceptos derivados de los contratos que se suscriban con las personas trabajadoras participantes.
Las cuantías establecidas en los artículos mencionados en el anterior párrafo, se han visto incrementadas en un dos por ciento adicional para este año 2024, según lo establecido en el artículo 5.1 de la Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta
Bases reguladoras
El Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, determina los aspectos esenciales de tales programas, referidos a su objeto y contenidos mínimos, personas destinatarias finales, financiación y requisitos específicos y prioridades, en su caso, así como las cuantías de referencia de las subvenciones públicas dirigidas a su financiación cuando se utilice esta forma de gestión.
Por su parte, el artículo 1 de este real decreto establece que los programas comunes de activación para el empleo podrán ser aplicados y, en su caso, desarrollados en sus aspectos no esenciales por todos los integrantes del Sistema Nacional de Empleo. Así, corresponde al Ministerio de Trabajo y Economía Social establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a la financiación de los programas gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito territorial de la ciudad de Ceuta, así como para la concesión de las subvenciones financiadas con cargo a la reserva de crédito establecida en el presupuesto de gastos de este organismo autónomo.
La subsección 1ª, de la sección 3ª del Capítulo V de dicho real decreto regula el programa común de inserción laboral a través de obras y servicios de interés general y social, estableciendo en su artículo 42.a) que este programa se podrá desarrollar en colaboración con las entidades locales, incluidas sus corporaciones locales, los consejos comarcales. supra-comarcales o entidades territoriales, sus organismos autónomos, o las entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción de la ocupación, dependientes o vinculadas a aquellas, cuya titularidad corresponda integra o mayoritariamente a las mismas.
Serán objeto de este programa las subvenciones dirigidas a facilitar la colocación y la adquisición de competencias profesionales a las personas que determinen los servicios públicos de empleo como destinatarias del mismo, mediante su contratación para la realización de obras o servicios de interés general y social.
La Orden TES/1077/2023, de 28 de septiembre, establece, en el ámbito competencial del Servicio Público de Empleo Estatal, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de programas de políticas activas de empleo previstos en el Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo.
Las actuaciones subvencionables al amparo de las citadas bases reguladoras son las que figuran en el Anexo de esta orden, y se agrupan por sus respectivos ejes y programas de políticas activas de empleo. En particular, y conforme a los ejes en que se articula el Plan Anual de Fomento del Empleo Digno, según lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 2023, de 28 de febrero, de Empleo, dentro del eje 3 «Oportunidades de Empleo», es objeto de subvención el programa de inserción laboral a través de obras o servicios de interés general y social, que se recoge en el Anexo de esta orden como programa P05.
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