Viaja con descuento si no eres residente hasta enero de 2025 con el quinto “Ceuta emociona”

BOCCE

El BOCCE da a conocer las agencias de viajes que ofrecerán este abaratamiento: Ángel José Benítez Blázquez, Traveldun, Trujillo, Ilu Viajes, Avemar Turismo y Viajes Dinamar

Consejero de Turismo, Nicola Cecchi./ FOTO E.P.
Consejero de Turismo, Nicola Cecchi./ FOTO E.P.

La Ciudad, a través del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), publicaba este martes, 10 de septiembre, el decreto del Consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, Nicola Cecchi, por el que se concede a las agencias de viaje, la subvención, en régimen de concurrencia no competitiva, para incentivar la llegada de turistas a la ciudad mediante la comercialización de la quinta fase del talonario descuento “Ceuta emociona”.

Estas ayudas van dirigidas a las agencias de viajes inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Ceuta para la comercialización del talonario descuento “Ceuta Emociona”. Las agencias son, todas con la misma cuantía: 21.273,75 euros, Ángel José Benítez Blázquez, Traveldun, S.L. Trujillo S.L. Agencia de Viajes, Ilu Viajes S.L., Avemar Turismo, S.L. Univpersonal y Viajes Dinamar, S.L.

Las ayudas tendrán carácter finalista y, por tanto, serán subvencionables los descuentos realizadas a las personas usuarias en el precio final cobrado, procedente de la prestación de servicios de restauración, experiencias turísticas (empresas de turismo activo de Ceuta), transporte de llegada y salida a Ceuta, y pernoctación. La vigencia del programa para las bonificaciones será desde el 1 de octubre hasta el 31 de enero de 2025.

Asimismo, contra la resolución podrán interponerse recurso de potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en el la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa.

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