El Constitucional revisa la legalidad de las pruebas para hacer fijos a los interinos

El Tribunal Constitucional evaluará si la Ley de 2021 que permite estabilizar a empleados públicos mediante concurso vulnera los principios de mérito, capacidad e igualdad.

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EL PUEBLO
14 oct 2025 - 15:34

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) sobre el proceso de estabilización de los interinos en la Administración pública. La decisión, fechada el 7 de octubre, abre la puerta a un examen de fondo sobre la legalidad de las plazas convocadas desde 2022 bajo el sistema de concurso puro, un mecanismo que podría quedar en entredicho si se considera contrario a la Constitución.

El origen del caso se encuentra en la Ley de diciembre de 2021 para reducir la temporalidad en el sector público. Esta norma establecía que los puestos ocupados de manera temporal por empleados con vínculos previos a 2016 debían ser ofertados mediante concurso, valorando únicamente los méritos acumulados, sin necesidad de superar una prueba de capacidad.

El TSJPV cuestiona que esta disposición —la adicional octava de la ley— obliga a incluir en el proceso incluso plazas de reciente creación, siempre que la persona que las ocupe haya trabajado en la Administración antes de 2016, aunque solo haya desempeñado el puesto un día. El tribunal considera que este criterio es “irracional y arbitrario”, ya que supedita la convocatoria a las circunstancias personales del interino, y no a las características objetivas del puesto.

“El resultado es que una plaza vacante, aunque sea de nueva creación, debe ser convocada por concurso si el interino que la ocupa tiene relación previa con la Administración”, señala el auto del 17 de julio. El texto subraya que esta práctica podría sustraer las plazas al sistema ordinario de oposición o concurso-oposición, el único que garantiza plenamente los principios de mérito y capacidad reconocidos por la Constitución.

El tribunal vasco sostiene que la norma vulnera el artículo 9.3 de la Carta Magna, que prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos. A su juicio, la disposición cuestionada elimina sin justificación la obligación de acceder al empleo público mediante procedimientos competitivos que aseguren igualdad de oportunidades.

Un fallo del Constitucional contrario a la ley podría tener un impacto considerable sobre las convocatorias realizadas desde 2022, afectando a miles de plazas ofertadas bajo este sistema excepcional de estabilización.

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