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Educación
La Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha insertado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución por la que publica el convenio con Gabitec Instalaciones, S.L. para el desarrollo de estancias formativas del instituto de Educación Secundaria Siete Colinas de Ceuta.
El objetivo del convenio es permitir que el Siete Colinas desarrolle planes formativos de las enseñanzas de Formación Profesional de los ciclos de grados básico, medio y superior para la obtención de los títulos ofertados en en el centro y de los certificados profesionales y cursos de especialización mediante estancias de formación del alumnado matriculado.
Según se establece en el convenio, el plan de formación deberá detallar los resultados del proceso de aprendizaje, las actividades que puedan plantearse en términos de complementos formativos y la organización temporal del trabajo desarrollado en el centro y la empresa.
Gabitec se compromete a designar un tutor para cada persona en formación, responsabilidad que deberá recaer en un profesional que posea la cualificación o experiencia profesional adecuada para ejercer esta función. A su vez, la dirección del Siete Colinas designará un tutor para el desempeño de labores de acompañamiento, orientación y consulta, facilitando las relaciones para mantener la continuidad entre las diferentes fases y actividades del recorrido formativo diseñado.
El desarrollo del Plan de Formación y sus actividades en la empresa será objeto de evaluación por el tutor del centro docente, en colaboración con el de la empresa.
El convenio no conlleva obligaciones ni compromisos económicos entre las partes. Sin embargo, sí conlleva la generación del gasto originado por las obligaciones de la Seguridad Social, que será asumido por el Ministerio. Estas obligaciones se circunscriben al alumnado que curse enseñanzas de formación profesional en el centro y realice su estancia formativa la empresa. Concretamente, la Dirección Provincial de Educación, asumirá la gestión del alta y baja en la Seguridad Social del alumnado y el Ministerio el del coste no bonificado por el Inclusión de la cuota resultante de la inclusión en el Régimen General.
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