La CECE recuerda que las modificaciones del plus de residencia hay que abordarlas desde el diálogo social
ECONOMÍA
La Confederación de Empresarios defiende el reconocimiento de la singularidad de Ceuta, pero también que "los partidos políticos no pueden sustituir a empresarios y sindicatos" en la negociación de las condiciones salariales
La Confederación de Empresarios de Ceuta, ante las propuestas anunciadas para “blindar” el plus de residencia de todos los trabajadores que desarrollan su actividad en la ciudad, considera necesario aclarar las funciones y responsabilidades que corresponden a cada institución y a cada uno de los agentes implicados.
"Desde la Confederación compartimos la necesidad de reconocer y compensar las especiales circunstancias derivadas de la extrapeninsularidad de Ceuta, así como de garantizar la estabilidad de los derechos económicos y laborales de quienes trabajan en la ciudad. No obstante, la regulación de una condición salarial en el sector privado no puede abordarse únicamente mediante declaraciones políticas, al margen de los cauces del diálogo social y de la negociación colectiva", afirman en una nota de prensa remitida a este medio.
Una declaración institucional aprobada por la Asamblea de Ceuta puede expresar una posición política, formular reivindicaciones ante el Gobierno de España y defender los intereses generales de la ciudad. Sin embargo, "la Asamblea no tiene competencia para fijar directamente las retribuciones de los trabajadores de las empresas privadas ni para modificar los convenios colectivos", recuerdan.
Los partidos políticos tienen plena legitimidad para presentar propuestas, impulsar debates y solicitar cambios normativos. Su función es trasladar iniciativas a las instituciones competentes. Ahora bien, esa capacidad de iniciativa "no significa que puedan sustituir a las organizaciones empresariales y sindicales en la determinación de las condiciones concretas de trabajo".
La competencia legislativa en materia laboral corresponde al Estado. Por tanto, corresponde a las Cortes Generales aprobar, en su caso, las normas que establezcan derechos laborales mínimos o modifiquen el régimen jurídico del complemento de residencia. El Gobierno de España también puede promover reformas, desarrollar reglamentariamente la legislación y establecer políticas de compensación vinculadas a la singularidad territorial de Ceuta.
"Sin embargo, cuando una medida afecta al salario, a su estructura, a la base de cálculo de un complemento, a su porcentaje, a su actualización, a su posible absorción o compensación, o a los colectivos obligados a percibirlo, entran directamente en juego la negociación colectiva y el diálogo social", expresan desde la CECE.
Empresarios y sindicatos
La Constitución reconoce el derecho a la negociación colectiva. Esta negociación corresponde a las organizaciones empresariales y sindicales legitimadas, que son las encargadas de acordar las condiciones laborales aplicables en cada sector o empresa.
Los sindicatos representan y defienden los intereses de los trabajadores. Las organizaciones empresariales representan a las empresas que crean empleo y que deben hacer frente al coste económico de las condiciones salariales acordadas o impuestas.
Por tanto, cualquier propuesta que pretenda alterar el plus de residencia en el sector privado "debe contar necesariamente con la participación de ambas partes". Ni las organizaciones empresariales pueden decidir unilateralmente sobre los derechos de los trabajadores, ni los sindicatos pueden imponer por sí solos las condiciones económicas a las empresas. Del mismo modo, los partidos políticos no deben ocupar el espacio propio de la negociación colectiva; defienden.
La Confederación subraya que el diálogo social no consiste simplemente en informar a empresarios y sindicatos una vez adoptada una decisión. Implica abrir una negociación previa, facilitar información suficiente, analizar las consecuencias de la medida, valorar su sostenibilidad y buscar un acuerdo equilibrado.
Esta exigencia adquiere especial relevancia después de que España haya sido incluida en 2026 entre los casos individuales examinados por la Comisión de Aplicación de Normas de la Organización Internacional del Trabajo en relación con el Convenio 144 sobre la consulta tripartita.
Sin equiparar este procedimiento a una sanción o a una condena internacional, su inclusión pone de manifiesto la importancia de garantizar una participación real y efectiva de las organizaciones empresariales y sindicales en las materias que les corresponden.
Por ello, cualquier iniciativa que pueda alterar las condiciones salariales del sector privado debe abordarse desde el inicio mediante un diálogo real, previo y equilibrado, "y no mediante decisiones políticas ya cerradas que posteriormente se limiten a comunicar a los agentes sociales".
El diálogo social no concede a empresarios y sindicatos un derecho de veto sobre las decisiones del legislador, pero" tampoco permite que el poder político decida primero y convoque después" a los interlocutores sociales para cumplir formalmente un trámite.
Empleados públicos y del sector privado
La CECE también incide en que debe diferenciarse claramente entre el régimen de los empleados públicos y el de los trabajadores de empresas privadas.
Las retribuciones de los funcionarios y del personal al servicio de las administraciones públicas se determinan mediante la legislación presupuestaria, la normativa de función pública y la negociación con los representantes de los empleados públicos. En este caso, el coste de los complementos se financia con cargo a los presupuestos públicos.
En el sector privado, por el contrario, los salarios son abonados por las empresas y se regulan mediante la legislación laboral, los convenios colectivos y, en su caso, los contratos de trabajo. Por ello, cualquier incremento o modificación del plus tiene una incidencia directa sobre los costes laborales de las empresas, su competitividad, su capacidad de contratación y el mantenimiento del empleo.
"No resulta coherente presentar el plus de residencia como una compensación por una desventaja territorial derivada de la situación geográfica y administrativa de Ceuta y, al mismo tiempo, trasladar toda la responsabilidad económica de esa compensación a las empresas privadas. Si el Estado considera que todos los trabajadores de Ceuta deben recibir una compensación reforzada por la extrapeninsularidad, debe estudiar también su participación en la financiación de la medida mediante bonificaciones, incentivos fiscales, ayudas directas o mecanismos presupuestarios específicos", expresan desde la Confederación.
El "blindaje" debe concretarse
La Confederación advierte de que el término “blindaje” debe explicarse con precisión. Es necesario conocer si se pretende garantizar la existencia del complemento, modificar su cuantía, elevar su porcentaje, cambiar su base de cálculo, impedir su absorción, extenderlo a nuevos colectivos o modificar su actualización.
Cada una de estas opciones tiene consecuencias jurídicas y económicas diferentes. Por este motivo, no resulta responsable formular una propuesta genérica sin acompañarla de una memoria económica, un análisis sobre su impacto en el empleo y una definición clara de quién debe asumir su coste.
La Confederación de Empresarios de Ceuta no cuestiona el derecho de las formaciones políticas a defender el plus de residencia. Lo que reclama es que cualquier reforma que afecte al sector privado respete las competencias de cada parte.
"La Asamblea puede reivindicar. Los partidos políticos pueden proponer. El Estado puede legislar. Los sindicatos representan a los trabajadores. Las organizaciones empresariales representan a las empresas. Y las condiciones salariales deben negociarse en el marco del diálogo social, sin que ninguno de estos actores sustituya unilateralmente a los demás", concluyen.