Los comercios podrán abrir todos los domingos y festivos por tiempo indefinido

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La decisión sustituye al anterior decreto aprobado en diciembre de 2025, que regulaba únicamente el calendario comercial correspondiente al ejercicio 2026

Interior de un establecimiento comercial
Interior de un establecimiento comercial | El Pueblo
15 may 2026 - 12:28

La Ciudad permitirá desde ahora la apertura de los comercios todos los domingos y festivos del año de forma indefinida. La medida aparece recogida en un decreto de la Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE).

La decisión sustituye al anterior decreto aprobado en diciembre de 2025, que regulaba únicamente el calendario comercial correspondiente al ejercicio 2026. Según recoge el texto oficial, ha sido el propio sector comercial el que ha solicitado ampliar la vigencia de la autorización “por tiempo indefinido”, alegando necesidades de planificación de recursos humanos y organización empresarial.

El nuevo decreto establece que los establecimientos comerciales podrán abrir al público todos los domingos y festivos, manteniéndose esta autorización hasta que sea revocada o sustituida por otra resolución posterior.

La Consejería fundamenta jurídicamente la medida en la Ley 1/2004 de horarios comerciales, que permite a las comunidades autónomas modificar el número de domingos y festivos autorizados para la apertura comercial, pudiendo ampliarlo incluso a la totalidad de los días festivos del año. El texto recuerda además que, en caso de no fijarse un calendario concreto de fechas, los comerciantes disponen de libertad para determinar los días de apertura dentro de los límites establecidos por la normativa. Precisamente, el hecho de permitir la apertura en todos los domingos y festivos elimina la necesidad de aprobar un calendario anual, lo que posibilita que la medida tenga carácter indefinido.

La resolución subraya igualmente que Ceuta posee competencias en materia de comercio interior a través de su Estatuto de Autonomía y del traspaso de funciones realizado por el Estado en 1996. Estas competencias están actualmente delegadas en la Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte.

La normativa estatal fija con carácter general un mínimo de 16 domingos y festivos de apertura autorizada, aunque permite a las administraciones autonómicas ampliar esa cifra. También contempla excepciones para determinados establecimientos con libertad horaria, como panaderías, gasolineras, floristerías, tiendas de conveniencia o comercios situados en zonas de gran afluencia turística.

Contra la resolución de la Consejería puede interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el juzgado competente en el plazo de dos meses.

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