El número de declaraciones de la Renta 2025 crecerá un 2% con respecto al ejercicio de 2024

Previsiones para Ceuta

Las previsiones de la Agencia Tributaria para Ceuta estiman que el importe a devolver ascenderá a 10,3 millones de euros, 400.000 mil más que en el año precedente

El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver
El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver | El Pueblo
Redacción
09 abr 2026 - 15:27

La Agencia Tributaria prevé que la campaña de la Renta 2025 en Ceuta registre un total de 38.087 declaraciones, frente a las 37.343 contabilizadas en 2024, lo que supone un incremento del 2%. De ese volumen, 30.291 corresponderán a declaraciones individuales, con un aumento del 2,7%, mientras que 7.796 serán conjuntas, lo que representa un descenso del 0,7%.

Por tipología de resultado, se estima que las declaraciones con resultado a ingresar alcancen las 8.932, un 1,2% más que el ejercicio anterior. Las declaraciones con resultado a devolver se situarán en 25.418, con un incremento del 2,5%. Asimismo, las negativas y otras sumarán 3.737, lo que implica una variación del 0,6%.

En términos económicos, el importe total previsto a ingresar ascenderá a 10,3 millones de euros, frente a los 9,9 millones registrados en 2024, lo que supone un aumento del 4,1%. Por su parte, el importe a devolver se situará en 17,8 millones de euros, por debajo de los 18,3 millones del ejercicio anterior, lo que representa una disminución del 2,8%.

El resultado neto de la campaña en Ceuta se estima en -7 millones de euros, frente a los -8 millones del año precedente.

Fuente: Agencia Tributaria
Fuente: Agencia Tributaria | CEDIDA

Referencias nacionales

En la campaña 2025 se prevé la presentación de 25.251.000 declaraciones, un 2,1% más, de las cuales se espera que 15.706.000, un 62%, den derecho a devolución por un importe global estimado de 13.271 millones de euros. Por su parte, los contribuyentes con declaraciones a ingresar (según lo previsto, 7.709.000 declaraciones por importe de 24.628 millones de euros) podrán domiciliar y realizar los primeros pagos al final de la campaña, de igual forma que en años anteriores.

El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio. La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) y para el plan especial de asistencia en pequeños municipios comenzará el 6 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y la atención presencial en oficinas se iniciará el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 29 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Para la solicitud de cita telefónica y presencial el contribuyente cuenta con un servicio en la Sede electrónica y la ’app’ con una visualización clara y cómoda para la selección del canal de atención y la elección entre las distintas fechas disponibles. El servicio incluye, además, la posibilidad de filtrar oficinas por códigos postales e informa al contribuyente de la primera cita disponible.

Se ha mantenido la disponibilidad anticipada de los principales servicios de asistencia (la obtención del número de referencia para la presentación desde el 11 de marzo, y desde el 18 de marzo tanto la descarga y visualización de los datos fiscales, como la actualización de la ‘app’ para la campaña y los primeros contenidos informativos, en la Sede electrónica y en la propia ‘app’.

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite se encuentra en 15.876 euros anuales.

Vías para la presentación de la declaración

Existen varias vías para presentar la declaración, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta hasta el 25 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la Campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 5 de noviembre).

También para las declaraciones a ingresar, si se desea, se podrá presentar la declaración con solicitud de aplazamiento, marcando la opción de ‘Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento’, dentro de otras modalidades de pago, y solicitándolo a través del enlace de ‘Tramitar deuda’ que aparecerá en la ventana en la que se visualiza la declaración presentada.

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