La presentación de declaraciones con ‘Renta Directa’, disponible este año para 9 millones de contribuyentes

CAMPAÑA DE LA RENTA

Este miércoles ha arrancado la presentación por internet y en 48 horas se abonarán las primeras devoluciones de una campaña en la que se prevén 15.706.000 declaraciones a devolver por importe de 13.271 millones de euros

Cartel de la nueva campaña de presentación de la renta.
Cartel de la nueva campaña de presentación de la renta. | CEDIDA
08 abr 2026 - 18:08

La Agencia Tributaria ha habierto este miércoles el plazo para presentar por internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2025 (IRPF 2025). Las devoluciones, como es habitual, se iniciarán en apenas 48 horas, el próximo viernes. Este año la campaña cuenta, como principal novedad, con una ampliación de los beneficiarios potenciales de ‘Renta Directa’. Este servicio para la presentación instantánea de declaraciones sencillas se amplía a nuevos colectivos para llegar a nueve millones de posibles usuarios, el doble que el alcance potencial del pasado año.

En la campaña que ha comenzado este 8 de abril se prevé la presentación de 25.251.000 declaraciones, un 2,1% más, de las cuales se espera que 15.706.000, un 62%, den derecho a devolución por un importe global estimado de 13.271 millones de euros.

Por su parte, los contribuyentes con declaraciones a ingresar (según lo previsto, 7.709.000 declaraciones por importe de 24.628 millones de euros) podrán domiciliar y realizar los primeros pagos al final de la campaña, de igual forma que en años anteriores.

Calendario de la campaña. El plazo de presentación finalizará el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio. La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) y para el plan especial de asistencia en pequeños municipios comenzará el 6 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y la atención presencial en oficinas se iniciará el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 29 de mayo. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Para la solicitud de cita telefónica y presencial el contribuyente cuenta con un servicio en la Sede electrónica y la ‘app’ con una visualización clara y cómoda para la selección del canal de atención y la elección entre las distintas fechas disponibles. El servicio incluye, además, la posibilidad de filtrar oficinas por códigos postales e informa al contribuyente de la primera cita disponible.

Se ha mantenido la disponibilidad anticipada de los principales servicios de asistencia (la obtención del número de referencia para la presentación desde el 11 de marzo, y desde el 18 de marzo tanto la descarga y visualización de los datos fiscales, como la actualización de la ‘app’ para la campaña y los primeros contenidos informativos, en la Sede electrónica y en la propia ‘app’).

Gracias a esta anticipación de servicios, más de 2 millones de contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales, y más de 2,1 millones ha obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración, de forma que han tenido la oportunidad de prepararse con tiempo para poder presentar desde el primer día, agilizando así también las devoluciones que, en su caso, correspondan.

‘Renta Directa’ duplica sus beneficiarios potenciales. La principal modificación en esta campaña es el sustancial crecimiento de los potenciales beneficiarios del servicio ‘Renta Directa’ para la presentación electrónica de declaraciones sencillas. Entre otros colectivos, tendrán la posibilidad de utilizar este servicio desde este año contribuyentes con préstamo hipotecario y derecho a la deducción estatal, nuevos declarantes y, en algunos supuestos, contribuyentes con deducciones autonómicas, de tal forma que se duplican los posibles usuarios del servicio.

La limitación general que garantiza su utilidad para la presentación instantánea de declaraciones sigue siendo que se trate de casos en los cuales los datos fiscales que ofrece la Agencia sean trasladables automáticamente, de forma que se pueda ofrecer al contribuyente un producto cerrado para su presentación inmediata, si lo considera oportuno. Para estos contribuyentes, la Agencia ofrece un servicio que permite la misma agilidad que la ‘app’, pero adaptada a una visualización más clara en pantallas grandes, con una experiencia de usuario cómoda, información sintética y una gestión dinámica y muy breve del proceso de presentación.

El nuevo servicio está pensado para contribuyentes que no necesiten hacer ningún cambio en el borrador que les ofrece la Agencia, si bien, al igual que sucede con la ‘app’, pueden hacer las modificaciones que consideren oportunas en el servicio tradicional ‘Renta Web’ y presentar ya por esta vía, o bien guardar la sesión de trabajo para presentar después por ‘Renta Directa’. Para las declaraciones a ingresar, además, este año se incorpora en ‘Renta Directa’ el pago con Bizum y tarjeta que ya estaba disponible para ‘Renta Web’.

Adaptaciones en ‘Renta Web’. Al tiempo que se amplían los potenciales beneficiarios de ‘Renta Directa’, se siguen realizando mejoras en ‘Renta Web’. La herramienta universal para la presentación de declaraciones cuenta con diversas adaptaciones este año para facilitar la asistencia al contribuyente, seguir ganando en usabilidad y también para evitar errores.

En materia de subvenciones, y como complemento a la novedad incorporada en datos fiscales de ofrecer información personalizada sobre una determinada ayuda, también se mejora la información disponible en ‘Renta Web’. Igualmente, se ayuda al contribuyente a evitar fallos por aplicar beneficios fiscales cuando tienen ascendientes o descendientes a cargo que deben presentar también declaración.

En cuanto a las mejoras de navegación, se han incrementado los accesos a las ventanas de captura de datos de la declaración, se ha aumentado la interacción entre apartados y se ha mejorado el diseño del documento de ingreso y devolución.

Rediseño del menú de contenidos de la ‘app’. Esta campaña se han introducido también mejoras de diseño y visualización en la ‘app’ de la Agencia para seguir facilitando la utilización de esta herramienta, que permite la presentación de la declaración, la obtención y renovación del número de referencia, la visualización de los datos fiscales, la recepción de mensajes informativos, modificar la asignación tributaria y el código IBAN, consultar datos de campañas anteriores, anular citas y consultar el estado de la devolución.

Se ha rediseñado el menú general de contenidos de la ‘app’, permitiendo un acceso directo a los servicios para lograr una navegación más ágil y se ha simplificado el contenido de los textos. También se ha incluido el Bizum y la tarjeta entre las modalidades de pago.

La ‘app’ se puede utilizar en dispositivos diferentes sin limitación y admite hasta 20 usuarios identificados, cada uno con su número de referencia, lo que permite la confección y presentación de declaraciones de familiares y allegados, así como el cálculo de la opción más favorable entre declaraciones individuales y conjuntas. Para acceder a servicios personalizados se requerirá que el terminal cuente con un sistema de bloqueo de pantalla activado.

Plan ‘Le Llamamos’

El plan de confección de declaraciones por teléfono mantendrá la capacidad y calendario de los últimos años, tras permitir confeccionar 1.188.000 declaraciones en el ejercicio anterior. Los contribuyentes pueden solicitar cita y elegir horario, recibiendo posteriormente la llamada de la Agencia Tributaria.

El ‘asistente virtual’ de Renta

Los contribuyentes contarán con una ampliación de materias en el asistente virtual, que resuelve dudas con lenguaje natural. Si no es suficiente, se puede acceder al ‘Informador’ o contactar por chat con especialistas en horario de nueve a siete de la tarde.

Avisos preventivos y advertencias. Este año se refuerzan los avisos para evitar errores y omisiones, incluyendo advertencias sobre posibles deducciones autonómicas no aplicadas. El sistema se estructura en tres fases: avisos iniciales en datos fiscales, advertencias antes de presentar la declaración y comunicaciones posteriores para corregir posibles errores mediante declaraciones rectificativas.

Quiénes no están obligados a declarar

Con carácter general, no deben presentar declaración quienes tengan rentas del trabajo hasta 22.000 euros anuales, con límites inferiores en determinados casos. También se establecen umbrales específicos para rendimientos del capital, ganancias patrimoniales y otras ayudas.

Revisión de datos personales y económicos. La Agencia recomienda revisar el borrador, ya que puede no incluir todos los datos relevantes. Entre los aspectos a comprobar destacan deducciones autonómicas, situación familiar, inmuebles, arrendamientos, planes de pensiones, cuotas sindicales, subvenciones o deducciones por maternidad, entre otros.

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