Acuerdo entre Educación y Kiabi para prácticas del CIFP nº 1 de Ceuta
El centro y la empresa deberán acordar un Plan de Formación para cada persona en prácticas
El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado un convenio suscrito con Kiabi KSCE España para el desarrollo de estancias formativas del alumnado del Centro Integrado de Formación Profesional nº 1 (CIFP nº 1) de Ceuta. El acuerdo, firmado el 10 de diciembre de 2025, se difunde tras su inscripción en el registro estatal de instrumentos de cooperación, conforme a lo previsto en la Ley 40/2015.
El documento enmarca la colaboración entre el CIFP nº 1 y la empresa en el modelo de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022 y el Real Decreto 659/2023, con el objetivo de facilitar periodos de formación en empresa para estudiantes de FP de grado básico, medio y superior, así como de certificados profesionales y cursos de especialización.
El convenio está suscrito por la directora del CIFP nº 1 de Ceuta, Milagrosa Pérez Granados, actuando en nombre del Ministerio como administración educativa en Ceuta y Melilla, y por María Pozo Cogote, como representante legal de Kiabi KSCE España, con sede en Madrid.
Según recoge el texto, el centro y la empresa deberán acordar un Plan de Formación para cada persona en prácticas. Ese plan incluirá, entre otros aspectos, los resultados de aprendizaje a desarrollar en la empresa y en el centro educativo, la distribución horaria y la organización de la jornada.
El Plan de Formación deberá estar firmado por el tutor o tutora dual del centro, el tutor o tutora dual de la empresa y el propio alumno o alumna.
El convenio precisa que la estancia formativa no genera relación laboral con Kiabi y que el periodo de formación en empresa debe ser compatible con el calendario lectivo del centro. Además, si para cumplir el programa formativo fuese necesaria movilidad horaria o territorial, esta deberá solicitarse motivadamente a la Dirección Provincial de Educación, Formación Profesional y Deportes correspondiente.
En el apartado económico, el acuerdo no establece obligaciones ni compromisos económicos directos entre las partes, aunque sí contempla el gasto derivado de las obligaciones con la Seguridad Social del alumnado participante, que será asumido por el Ministerio. La Dirección Provincial gestionará las altas y bajas, mientras que el Ministerio asumirá el coste no bonificado de la cuota resultante por la inclusión en el Régimen General.
El texto también fija obligaciones para la empresa, como garantizar el acceso del tutor del centro para el seguimiento, cumplir la programación formativa, asegurar la prevención de riesgos laborales y respetar la normativa de protección de datos. Para el alumnado, se establecen compromisos como cumplir horarios, normas internas, confidencialidad y, en el caso de menores, contar con autorización paterna, materna o del tutor legal.
Para el control y evaluación del convenio se constituye una Comisión de Seguimiento con representación de ambas partes, encargada, entre otras funciones, de analizar resultados y resolver incidencias. La vigencia del convenio se extiende hasta el 31 de agosto siguiente al de su inscripción en el registro estatal (REOICO) y su naturaleza es administrativa, sometida a la jurisdicción contencioso-administrativa.