Un laudo arbitral desestima la pretensión de celebrar elecciones en EcoCeuta
Laboral
La resolución concluye que la representación de los trabajadores elegida en 2025 mantiene la vigencia de su mandato
Un laudo arbitral ha declarado la nulidad del preaviso de elecciones sindicales presentado el pasado 7 de abril en la empresa EcoCeuta, una resolución adoptada a raíz de una reclamación presentada por CCOO. Según detalla el sindicato en un comunicado, la decisión se fundamenta en que la representación elegida en junio de 2025 ostenta plenamente sus facultades y mantiene la vigencia de su mandato durante el periodo de cuatro años establecido legalmente.
El árbitro ha constatado la ausencia de revocaciones válidas para los citados delegados, recordando la exigencia de cumplir los requisitos previstos en el Estatuto de los Trabajadores para realizarlas. Según consta en el laudo, el sindicato que preavisa realizó dos intentos de revocación que incumplieron la normativa, recordando, incluso que la votación para la revocación debe ser secreta.
“El laudo pone de manifiesto que, tras los irregulares intentosde revocación, no puede articularse un nuevo proceso hasta que no transcurra el plazo mínimo legal de seis meses, conforme al artículo 67.3 del Estatuto de los Trabajadores”, subraya CCOO.
A juicio de CCOO, la decisión refuerza la seguridad jurídica necesaria en los procesos electorales y garantiza que la representación de los trabajadores se mantenga conformea los principios de legalidady estabilidad que rigen el ejercicio del mandato sindical.