El SEPE abre ayudas para que entidades sin ánimo de lucro contraten desempleados en Ceuta
BOCCE
Se aprobarán los proyectos que en aplicación de los criterios de valoración establecidos hayan obtenido una puntuación mínima de 14 puntos
El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) recoge este viernes, 21 de noviembre, el extracto de la Resolución del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), fechada el 18 de noviembre de 2025, por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que contraten a trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social en la ciudad.
La convocatoria, publicada conforme a los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, establece que podrán optar a las ayudas las entidades contempladas en el artículo 42 del Real Decreto 818/2021, de 28 de septiembre, siempre que cuenten con capacidad técnica y de gestión suficiente para ejecutar los proyectos. Las bases reguladoras se recogen en la Orden TES/1077/2023, modificada por la Orden TES/234/2025.
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El importe total asciende a 1.188.807,64 euros, con una asignación de 526.103,15 euros para 2025 y 662.704,49 euros para 2026. La financiación cubrirá los costes salariales y de Seguridad Social derivados de los contratos de las personas participantes, conforme a lo establecido en el Real Decreto 818/2021 y la normativa complementaria. La cuantía incluirá también la indemnización por residencia cuando corresponda y se incrementará un 2% para prever posibles subidas de los convenios colectivos en 2026, debiendo reintegrarse la diferencia si dichas subidas no se producen.
Los proyectos deberán alcanzar una puntuación mínima de 14 puntos para ser aprobados. El cálculo de las subvenciones se realizará en función del periodo subvencionable, sin que puedan superar el salario fijado en el convenio colectivo aplicable, incluidas dos pagas extraordinarias y las cotizaciones correspondientes.
El plazo para la presentación de solicitudes es de diez días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el BOCCE. Los interesados deberán aportar el modelo oficial de solicitud junto con las memorias de los proyectos y la documentación prevista en el artículo 7 de la resolución.