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TRIBUNALES
Una mujer que responde a las iniciales M.M. ha sido condenada este jueves a seis meses de prisión como autora de un delito de falsedad documental. La acusada ha reconocido los hechos y la sentencia ha sido impuesta de viva voz por parte del magistrado titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta. Al no contar con antecedentes y ser la pena inferior a los 24 meses de cárcel, la misma ha quedado suspendida durante los próximos dos años con la condición de que no vuelva a delinquir en este periodo, por lo que no entrará en prisión por esta causa de no darse este caso.
Además de la pena privativa de libertad, la sentencia añade una multa que deberá pagar durante los próximos seis meses a razón de tres euros diarios. Este importe ha sido fraccionado en 10 mensualidades iguales y sucesivas, y de no abonar el montante total deberá añadir a la mencionada pena otros tres meses más de prisión en concepto de responsabilidad personal subsidiaria. De la misma manera, también deberá pagar las costas del procedimiento.
Según ha trascendido durante el reconocimiento de los hechos, la mujer ha sido condenada por haber incumplido el artículo 392 del Código Penal (en relación al 390.1) al haber puesto una multa que ella recibió a nombre de otro hombre; el denunciante, personado como acusación particular.
La sentencia ha sido declarada en firme tras la promesa de las partes de no recurrirla.
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