Condenado por lesiones tras el intento frustrado de una moto
TRIBUNALES
Un segundo acusado ha sido absuelto del mismo delito tras la declaración del denunciante, que ha negado que este joven se encontrase en la mañana del 3 de noviembre de 2024 en la carretera del Tarajal
La Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha condenado este lunes a M.A., uno de los acusados por un delito de lesiones cometido en la carretera del Tarajal, en las inmediaciones de la frontera, tras reconocer su participación en una agresión contra el denunciante. El segundo procesado ha resultado absuelto después de que no quedara acreditada su presencia en el lugar de los hechos.
La sentencia, dictada de viva voz en la mañana de este 1 de junio por la magistrada titular de la plaza número 1 del referido juzgado, impone al condenado una pena de nueve meses de multa, con una cuota diaria de cuatro euros, además de una orden de alejamiento y de prohibición de comunicarse con la víctima durante el próximo año.
Los hechos investigados se remontan a la mañana del domingo 3 de noviembre de 2024, en torno a las 9.30. Según se ha desprendido en el procedimiento, el acusado agredió al denunciante a menos propinándole un puñetazo en la cara, si bien este último ha contextualizado primero que acudió al lugar avisado por la supuesta sustracción de la motocicleta de su padre, un acto que no llegó a producirse por su intermediación.
Según su relato, la situación se tensó cuando apareció el padre de los acusados y le recriminó que pretendiera denunciar los hechos pese a haber recuperado ya la motocicleta. La discusión derivó en empujones y, posteriormente, en la agresión.
El denunciante aseguró que recibió un golpe en el rostro que impactó contra las gafas que llevaba puestas. Aunque estas resultaron dañadas, aclaró durante el juicio que no reclamaría indemnización por ese concepto.
En este sentido, la propia víctima negó que el otro joven acusado inicialmente en la causa participara en el incidente, ya que ha afirmado conocer al menos el aspecto de ambos acusados previamente a los hechos denunciados.
Según declaró ante la magistrada, en la zona se encontraban numerosos vecinos del barrio, pero aseguró que el chaval no estaba presente cuando se produjo la agresión. La versión fue respaldada por el propio segundo acusado, quien sostuvo que no tuvo ninguna intervención en los hechos y afirmó que en ese momento permanecía en su domicilio.
En el transcurso del procedimiento, la Fiscalía renunció a la práctica de la prueba testifical prevista por parte de los agentes de la Policía que intervinieron en la actuación, y reprodujo por vía de informe las conclusiones al respecto del procesado que finalmente ha salido absuelto.
Tras valorar las pruebas practicadas y la admisión de los hechos por parte de uno de los procesados, la magistrada acordó su condena como autor de un delito de lesiones y absolvió al segundo acusado al no quedar acreditada su participación en la agresión.