Condenado por no pagar la pensión alimenticia de su hija menor de edad
TRIBUNALES
El acusado de un delito de abandono de familia deberá abonar una multa de 540 euros y una indemnización de 3.000 tras haber reconocido los cargos
Un varón que responde a las iniciales M.P.B. ha sido condenado este miércoles por la plaza número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta como autor de un delito de abandono de familia al no haber pagado una serie de pensiones alimenticias a la madre de la hija menor que tienen en común.
El procesado ha reconocido los cargos que la Fiscalía le imputa, lo que ha permitido que el Ministerio Público rebaje la solicitud penal de su escrito de calificación inicial y el juicio se celebre por medio de una conformidad entre las partes.
De esta manera, el hombre deberá abonar una multa de un total de 540 euros (a razón de tres euros diarios durante los próximos seis meses), así como deberá cumplir una orden de incomunicación y de alejamiento de 100 metros con respecto a la denunciante durante un año. Por cada dos cuotas insatisfechas debería pasar un día en prisión, en concepto de responsabilidad personal subsidiaria.
Una indemnización de 3.000 euros
Además de la citada multa, deberá pagar una indemnización de un total de 3.000 euros a la madre de su hija por las mensualidades que no ha abonado desde el mes de octubre de 2024, una cuantía que se ve incrementada también por los respectivos intereses legales.
La conformidad alcanzada ha evitado que comparezcan más testigos y que tengan que testificar tanto el propio acusado como la denunciante. La sentencia es firme.