Expulsado un marroquí que trató de embarcar en coche hacia Algeciras con 10,2 kilos de hachís

NARCOTRÁFICO

El varón ha reconocido los hechos y la magistrada le ha impuesto una pena de tres años y dos meses de prisión por narcotráfico, si bien esta le ha sido conmutada por la devolución a su país

El varón, custodiado por la Policía, reconoce los hechos frente al tribunal.
El varón, custodiado por la Policía, reconoce los hechos frente al tribunal. | S.C.

Un varón marroquí que responde a las iniciales H.E.Y. ha sido condenado este martes por parte del tribunal de la plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instrucción de Ceuta. El acusado ha reconocido los hechos que se le imputan, y le ha sido impuesta una pena de tres años y dos meses de prisión como autor de un delito contra la salud pública en su modalidad de tráfico de drogas que no causan grave daño a la salud.

La sentencia de cárcel le ha sido conmutada finalmente por la expulsión al país vecino, en virtud del acuerdo bilateral entre España y Marruecos.

De acuerdo con el escrito de acusación, al que ha tenido acceso este diario, H.E.Y. fue interceptado en el control de vehículos del puerto de la localidad de Ceuta por agentes de la Guardia civil, cuando se disponía a embarcar en el ferry con destino a Algeciras (Cádiz), sobre las 5:00 horas del pasado 23 de agosto. Hasta la fecha del juicio ha permanecido en prisión provisional.

El documento recoge que había indicios de que portaba algún tipo de sustancia estupefaciente en el coche en el que viajaba, ya que este mismo fue marcado por el perro antidroga de los agentes, del Servicio Cinológico de la Benemérita.

Tras la inspección exhaustiva tanto del vehículo como del acusado, se hallaron ocultos en el hueco para la rueda de repuesto del vehículo Renault Espace que conducía 100 bloques de resina de hachís, que tras su análisis arrojaron un peso bruto total de 10.200 gramos.

El índice de tetrahydrocannabinol (THC) no consta en el escrito del Ministerio Público, pero el documento aclara que era “indiciariamente superior al 4%”.

El valor de la droga ha sido fijado en 20.012 euros y se considera que el acusado pensaba destinar esta sustancia estupefaciente a la venta y donación de terceras personas. El montante coincide con la multa que debería pagar el condenado, si bien no la abonará al haber sido conmutada la pena de cárcel por su expulsión.

La sentencia es firme ante el acuerdo entre las partes de no recurrirla.

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