‘El farero’ de la Autoridad Portuaria, acusado de injuriar y calumniar a tres trabajadores de la entidad

TRIBUNALES

El antiguo responsable de la torre envió cartas a distintas instituciones, escribió artículos en revistas y publicó en redes sociales una serie de imputaciones sobre presuntas irregularidades en las contrataciones del Puerto de Ceuta

Imagen frontal del edificio de la Autoridad Portuaria de Ceuta
Imagen frontal del edificio de la Autoridad Portuaria de Ceuta | E.P.
S.C.
20 may 2026 - 13:48

Quien fuera el encargado del faro de Autoridad Portuaria de Ceuta durante 30 años hasta su despido en 2022 (J.L.L.S.) se ha enfrentado este miércoles a tres juicios en los que se le acusa de injuriar y calumniar a tres trabajadores de la entidad —con el envío de cartas a distintas autoridades como al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, o al Parlamento Europeo; con artículos en revistas especializadas en el transporte marítimo; o con publicaciones en redes sociales— por la difusión de expresiones cuyo contenido estaba relacionado, entre otros asuntos, con presuntas irregularidades en la contratación del personal laboral del Puerto. En la jornada de este 20 de mayo se han celebrado tres vistas similares y consecutivas en los que han comparecido sendos querellantes, si bien el procesado ya quedó absuelto a finales de 2024 de un procedimiento parecido en el que fue denunciado por las mismas razones por otro empleado de la misma institución.

La magistrada de la plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia ha celebrado en la mañana de este miércoles el segundo, el tercero y el cuarto juicio en el que se acusa al antiguo ‘farero’ del Puerto de Ceuta de supuestos delitos de injurias y calumnias en los que habría incurrido a partir de una serie de comunicaciones que escribió en el año 2022 en las que atacaba a diferentes trabajadores de la Autoridad Portuaria de Ceuta al acusarlos de estar presuntamente implicados en supuestas irregularidades en la contratación del personal de la institución, bien sea por resultar favorecidos al haber sido “seleccionadas a dedo” o bien por ser responsables de esta posible ‘elección arbitraria’ de los empleados.

La propia jueza titular del mismo tribunal, llamado entonces Juzgado de lo Penal número 1, ya absolvió a principios de diciembre 2024 a J.L.L.S. de los mismos cargos tras haber sido también denunciado por un técnico informático del Puerto, quien “no supo aclarar las expresiones injuriosas”, por lo que la sentencia se decantó en la libertad de expresión e información del investigado en lugar de un fallo condenatorio contra el mismo. Según fuentes consultadas por este diario, además de esa sentencia y de los tres procedimientos celebrados este miércoles, aún quedaría una vista derivada de una quinta querella similar que interpuso otro alto cargo de la institución contra ‘el farero’.

De acuerdo con la información desprendida en los tres juicios de este miércoles, entre las mencionadas comunicaciones con las que J.L.L.S. habría incurrido en los referidos ilícitos figuran, al menos, cartas remitidas a la Presidencia del Gobierno y a la Delegación en Ceuta, a Capitanía Marítima, al Ministerio de Transportes o al Parlamento Europeo; un dosier a Puertos del Estado; o dos publicaciones en la revista especializada en el sector ‘Puertos y Navieras’. También se le acusa de haber creado ex profeso una página en Facebook y de haber enviado correos electrónicos de manera masiva para denunciar las supuestas irregularidades, “chanchullos” y “corruptelas” en los procesos de selección de los empleados de la Autoridad Portuaria.

Los querellantes que han comparecido este miércoles son el antiguo responsable de Recursos Humanos de la entidad, un técnico informático y una técnico de señalización que fue contratada de manera temporal en el mismo faro. Además de una multa solicitada por las acusaciones —salvo en el caso del informático, en el que la Fiscalía no ha formulado un escrito de calificación al no ver un indicio delictivo—, los tres denunciantes piden indemnizaciones de 30.000, 25.000 y 15.000 euros respectivamente por los daños morales causados por el investigado.

J.L.L.S. no ha comparecido en estos procedimientos porque, según han apuntado fuentes cercanas a estos casos, vive en otra comunidad autónoma y no ha podido llegar “a tiempo” para defenderse, si bien se han podido celebrar las tres vistas al no alcanzar la solicitud penal los dos años de prisión en ninguno de los casos.

Del “difama, que algo queda” al rechazo de la defensa a que ‘el farero’ mostrara un “desprecio a la verdad” en sus palabras

Las declaraciones de los tres querellantes han sido relativamente parecidas, y en ellas han apuntado que se sintieron señalados por sus compañeros y su entorno personal en aquella época como consecuencia de las publicaciones que realizó ‘el farero’ contra ellos, así como que tuvieron que recibir ayuda psicológica para superar esta situación.

En palabras del encargado de Recursos Humanos, sufrió “la pena del telediario” en un momento que ha definido como “muy duro” para su vida. “Difama, que algo queda”, ha sintetizado, en relación con el proceder del investigado. La técnico de señalización ha definido el trato del ‘farero’ para con ella como que uno “dejaba mucho que desear”, ya que siempre la tildó de “inútil” y de “tonta” y que incluso llegó a acusarla de que ella fuera a presentar contra él una falsa denuncia de abuso sexual. Los implicados han defendido la legalidad en los procesos de selección, bien de los suyos propios o bien los de la Autoridad Portuaria en general, y han insistido en “la falsedad” en las palabras de J.J.L.S.

En los tres turnos de conclusiones finales de la defensa, la abogada del ‘farero’, Cristina Bernal, ha pedido la prescripción de las acusaciones contra su cliente, ha dudado del daño que él haya podido causar a los querellantes señalando que no han presentado más testigos o informes periciales psicológicos que demuestren el mismo y ha enarbolado en su favor la sentencia absolutoria emitida a finales de 2024 por los mismos hechos.

De la misma manera, la letrada ha expuesto que su cliente no ha incurrido en uno de los requisitos que implica el delito de calumnias, “el conocimiento de la falsedad” o “el desprecio a la verdad” en las informaciones vertidas contra los querellantes toda vez que ‘el farero’ estaba convencido de la existencia de una supuesta corrupción en los procesos de selección de los empleados del Puerto.

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