El Ministerio de Justicia corrige al secretario de Gobierno de Ceuta en dos resoluciones
JUSTICIA
La Administración ha estimado recursos y enmendado decisiones de Jesús Esteban Pavón sobre sustituciones en la Oficina Judicial
El Ministerio de Justicia ha estimado dos recursos que suponen un nuevo "varapalo" para el secretario de Gobierno de los Juzgados y Tribunales de Ceuta, Jesús Esteban Pavón, al corregir decisiones adoptadas en la aplicación del régimen de sustituciones de Letrados de la Administración de Justicia. Una de las resoluciones afecta a un recurso de alzada presentado ante el propio Ministerio y otra a un procedimiento elevado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
En una resolución firmada el 3 de febrero de 2026 por la secretaria general para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Sofía Puente Santiago, el Ministerio estima el recurso interpuesto por Josefa Vilar Mendieta, letrada de la Administración de Justicia, contra un acuerdo de la Secretaría de Gobierno de Ceuta de 13 de febrero de 2025, relativo a su nombramiento como sustituta voluntaria en la UPAD de lo Social y la Jefatura de Sección del SCEJ Civil.
El Ministerio considera que la Secretaría de Gobierno realizó una interpretación incorrecta de la normativa aplicable, en particular de la Instrucción 4/2011 de la Secretaría General de la Administración de Justicia y de la Instrucción 2/2022 dictada en Ceuta. En su resolución, el órgano ministerial concluye que la recurrente formaba parte de la bolsa de sustituciones voluntarias y había manifestado expresamente su disponibilidad, por lo que no procedía mantener la sustitución ordinaria obligatoria. Como consecuencia, el Ministerio fija la fecha inicial del nombramiento de sustitución voluntaria en el 16 de enero de 2025, y no en el 3 de febrero, como había determinado la Secretaría de Gobierno de Ceuta.
A esta resolución se suma una segunda estimación de recurso que también desautoriza la actuación de la Secretaría de Gobierno de Ceuta. En este caso, el órgano competente aprecia una aplicación incorrecta del marco normativo vigente tras la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), una circunstancia que, según se recoge en la resolución, no fue tenida en cuenta en la decisión inicialmente adoptada. El recurso fue admitido al apreciarse una interpretación errónea de las instrucciones y de la normativa actualizada, lo que obligó a revocar el criterio sostenido por la Secretaría de Gobierno.
Recursos pendientes y malestar
Según la información trasladada, aún permanecen pendientes de resolución varios recursos y quejas, entre ellos los relacionados con la vulneración del derecho a la desconexión digital del personal de la Administración de Justicia. Estas actuaciones se producen en un contexto de descontento generalizado tras la implantación del Tribunal de Instancia, que cumple ya más de un mes sin que, según los colectivos afectados, se hayan resuelto los problemas derivados de su puesta en marcha.