“De aquí no te vas hasta que no me corra”: un joven de 22 años, condenado por un intento de violación

VIOLENCIA DE GÉNERO

La pena de dos años de prisión impuesta ha quedado suspendida con condiciones, por lo que el acusado no irá a la cárcel por el delito que ha reconocido haber cometido contra una chica en julio de 2022

S.A.M. reconoce los hechos frente al tribunal.
S.A.M. reconoce los hechos frente al tribunal. | S.C.

Ceuta/ La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha condenado este martes a un joven de 22 años que responde a las iniciales S.A.M. a dos años de prisión por haber intentado violar a una chica. La sentencia ha sido fruto de una conformidad entre las partes y el acusado no irá a la cárcel por el delito que ha reconocido haber cometido, ya que su pena privativa de libertad ha quedado suspendida durante los próximos tres años si se dan una serie de condiciones al no contar el varón con antecedentes penales.

Nervioso y acompañado de una mujer mayor, el joven acusado entraba en la sala de vistas de la Audiencia Provincial sobre las 11.00 de la mañana de este 20 de enero. Su abogado, el letrado que representa los intereses de la víctima y la Fiscalía habían negociado previamente los términos de la conformidad antes mencionada en poco menos de media hora, toda vez que el juicio estaba señalado para las 10.30 de este martes.

La vista comenzó con el turno de la Fiscalía para presentar los hechos que se le imputan al joven: sobre las 6.00 horas del 2 de julio de 2022 en un domicilio situado en la barriada Grupo San Daniel de Ceuta, el acusado “desnudó completamente” a la víctima y, “agarrándola fuertemente del brazo y tirándola sobre la cama, con ánimo libinidoso y de atentar contra su libertad sexual (...)”, comenzó su exposición el fiscal, hacíendose oir entre los sollozos de la mujer presente en la sala.

Continuó el representante del Ministerio Público aclarando que la denunciante opuso “una resistencia activa” y que por causa de la misma el varón no pudo conseguir su objetivo, si bien le profirió las siguientes palabras: “De aquí no te vas hasta que no me corra”, en referencia a su voluntad de eyacular pese a la negativa de la víctima de mantener relaciones sexuales con él.

Ella terminó con lesiones derivadas del forcejeo con su agresor y estos hechos han sido calificados como un delito de agresión sexual con violencia e introducción de miembros corporales en grado de tentativa.

Una indemnización de 10.000 euros, una orden de alejamiento y un curso de educación sexual: las condiciones para evitar la cárcel

Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicitó para el acusado la inhabilitación para ejercer profesiones que conlleven mantener contacto con menores de edad durante siete años, una medida de libertad vigilada de cinco años que se cumplirá después de la condena de cárcel y una indemnización de 10.000 euros por los daños morales y físicos causados en concepto de responsabilidad civil.

De la misma manera, el fiscal también pidió que el joven cumpla una orden de alejamiento de 100 metros y de incomunicación con respecto a la denunciante durante los próximos tres años, así como que realice un curso de educación sexual.

Todas las partes se mostraron de acuerdo en los términos descritos, y ahora era el turno de reconocer el delito.

—¿Está de acuerdo con reconocer haber cometido estos hechos y con las penas impuestas? — le preguntó al joven la presidenta del tribunal, la magistrada Rosa de Castro.

—Sí, señoría — contestó el acusado, que en el momento de los hechos contaba con 18 años de edad.

Finalmente, la jueza dictó la sentencia de viva voz, así como las condiciones para la suspensión de la pena de prisión: respetar la orden de alejamiento, pagar la indemnización, realizar el referido curso y no volver a delinquir durante los próximos tres años. El fallo ha sido declarado en firme.

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