Piden casi 250.000 euros de indemnización por una supuesta estafa inmobiliaria

TRIBUNALES

Al igual que la defensa, la Fiscalía ha solicitado la absolución del acusado, que ha afirmado ser “la víctima” de una deuda de 95.000 euros que contrajo con él la denunciante tras la compraventa de una vivienda

El acusado frente al tribunal.
El acusado frente al tribunal. | S.C.
S.C.
03 dic 2025 - 07:00

Este martes, la acusación particular de un procedimiento juzgado en la sala de vistas de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Ceuta, ha solicitado al menos 248.500 euros de indemnización para su clienta, la denunciante de una supuesta estafa inmobiliaria que se habría cometido a partir de la compraventa de una vivienda de la barriada de El Sardinero en el año de 2010. El juicio se ha practicado en su totalidad en la mañana de este 2 de diciembre y ha quedado visto para sentencia tras las cuestiones previas y los interrogatorios de testigos y peritos, así como las declaraciones de las personas implicadas en la causa. Contrariamente a lo que suele ser habitual, la Fiscalía no ha acusado al varón sentado en el banquillo, sino que ha solicitado su absolución, en línea con su representación letrada.

Sobre las 11.00 de la mañana de este martes comenzaba una vista larga por el número de testigos y peritos llamados a declarar por las partes en el procedimiento. Los operadores jurídicos ‘temían’ que el juicio se alargara hasta la tarde, si bien poco antes de las 15.00 horas quedaría visto para sentencia con las declaraciones de todas las personas implicadas en la causa. Otra de las características del caso de cara a la sentencia será el elevado número de pruebas documentales presentadas, toda vez que algunos hechos significativos del procedimiento llegan a remontarse hasta el año 2007.

La denuncia recoge la controvertida compraventa realizada en 2010 de una vivienda en la barriada de El Sardinero, un inmueble que adquirió la denunciante por un precio total de 273.500 euros con la ayuda del acusado, un profesional del negocio inmobiliario con décadas de experiencia en el sector. La mujer, de origen marroquí y médico de profesión, por aquel entonces comenzó a trabajar en el Hospital Universitario y era novia del hermano del investigado, una relación que permitió que se le facilitara contraer una hipoteca a pesar de tener contratos laborales esporádicos y ser extranjera.

Una sucursal bancaria radicada en Algeciras (Cádiz) financió el 80% del precio total de venta, mientras que el 20% lo aportó el acusado y ambos firmaron un documento de reconocimiento de deuda, un escrito con el que la mujer se comprometía a devolver al varón la diferencia al tiempo de ir pagando la hipoteca en paralelo. No obstante, años después la mujer se quedó sin trabajo y tuvo que alquilar la casa para irse a vivir de nuevo a Marruecos. Con el dinero cobrado por el alquiler siguió pagando sus deudas, si bien en algún momento dejó de hacerlo y habría sido “amenazada”, “acosada” y “presionada” por el acusado para recuperar el adelanto, que alcanzó los 95.000 euros sumando los intereses de demora.

La denunciante afirma que durante años creyó que la vivienda era propiedad del acusado, si bien esta fue adquirida en 2007 por el varón en una dación en pago fruto de otro movimiento inmobiliario, pero la casa nunca llegó a escriturarse a su nombre. El matrimonio que entregó el inmueble ha sostenido este relato de hechos, mientras que tanto el notario como el directivo del banco implicados en la operación no han facilitado muchos más detalles.

Por otro lado, la acusación particular ha presentado informes periciales psiquiátricos que acreditan que la denunciante ha padecido un trastorno adaptativo ansioso-depresivo por los problemas económicos que enfrentaba. Además, también han declarado dos amigas y compañeras del hospital, que han recordado lo vivido por la denunciante e incluso haber presenciado una de esas reclamaciones del acusado para que ella le devolviese el dinero.

De “deuda ficticia” a denuncia para paralizar un embargo: las estrategias de las partes

La acusación particular ha mantenido que el engaño se basa en presentar una “deuda ficticia” y sostenida en el tiempo mediante las citadas presiones y la instrumentalización de dos sociedades inmobiliarias que también figuran como acusadas en el procedimiento y que representa el varón como persona jurídica.

Por otro lado, el acusado ha mantenido en todo momento que él es “la víctima” en la causa, ya que nunca cobró al completo los 95.000 euros que la denunciante le debía, así como que ella lo ha denunciado por la vía penal para paralizar el embargo de sus cuentas bancarias. Al igual que la defensa, el Ministerio Público ha solicitado la libre absolución del investigado al entender que no existe tal engaño y que se trata de una causa civil y no penal.

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