Queda en libertad un preso que fue detenido por amenazar de muerte a su sobrina y a su excuñada
VIOLENCIA DE GÉNERO
El acusado ha reconocido haber cometido los delitos que se le imputaban, ha sido condenado a un año de cárcel y contaba antecedentes, pero eran cancelables por su antigüedad. También quebrantó la orden de alejamiento cautelar que tenía con ambas víctimas
Un acusado de varios delitos que ha reconocido haber cometido con respecto a su sobrina y a su excuñada, principalmente uno de amenazas, ha quedado en libertad este lunes al haber sido condenado a menos de dos años de cárcel por medio de una conformidad entre las partes que ha sido muy beneficiosa para sus intereses toda vez que las acusaciones pedían más de seis años de prisión en total por los cargos que se le imputaban, según fuentes jurídicas cercanas al caso consultadas por El Pueblo de Ceuta. El que fuera reo hasta la mañana de este 16 de marzo también había quebrantado sendas órdenes de alejamiento preventivas que tenía con ambas víctimas en el momento de los hechos.
En el escrito de acusación de la Fiscalía, al que ha tenido acceso este diario, se relata que el pasado 7 de agosto de 2025, poco antes de las 20.00 de la tarde, el varón se encontró con ambas mujeres en la barriada de Loma Colmenar y las amenazó diciéndoles las siguientes palabras: “Tenéis que quitar la denuncia u os voy a matar”. El Ministerio Público añadió también que esto lo hizo “con la finalidad de infundirles [a ambas] temor”, así como que les causó “desasosiego e inseguridad”.
El acusado ha reconocido haber protagonizado estos hechos, así como haber quebrantado la orden de alejamiento de 100 metros y de incomunicación que tenía con respecto ellas desde el 5 de diciembre de 2024, decretada como medida cautelar tras haber sido denunciado por ellas por otros supuestos hechos anteriores a los tratados en esta vista.
Antes de comenzar el juicio se le imputaban, al menos, un delito de quebrantamiento de medida cautelar, otro ilícito contra la administración de justicia y un delito leve de amenazas, que son los términos acordados en la citada conformidad.
El acusado ingresó en prisión provisional por esta causa el pasado 15 de agosto de 2025 y contaba con antecedentes penales, pero eran cancelables por su “cierta antigüedad”, de acuerdo con las palabras del juez.
Por el delito de contra la administración de justicia ha sido condenado a un año de cárcel y a pagar una multa diaria de tres euros que deberá abonar durante los próximos seis meses. Esta sentencia es inferior a la necesaria para su ingreso en prisión, que requiere que sea sentenciado con al menos 24 meses de privación de libertad.
Por otro lado, como autor de un delito de quebrantamiento ha sido condenado con 12 meses de multa a razón de tres euros diarios, y un día más de prisión por cada dos de estas cuotas que no abone. Además, por el ilícito de amenazas de carácter leve se le ha impuesto otra multa que deberá pagar durante el próximo mes con cuotas de tres euros al día; con el mismo castigo que en el anterior caso por no pagarlas.
Ser libre o volver a estar entre rejas
Los términos de esta conformidad estaban casi todos claros poco después de las 10.30 de la mañana de este lunes, cuando estaba señalado el juicio en la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta (plaza nº 2), si bien las partes han diferido en un principio en la posibilidad de que el acusado pudiese o no salir de la prisión.
La tensa espera hasta que el magistrado titular del citado juzgado, el juez Miguel Ángel Cano, ha ordenado que los agentes de Policía Nacional que custodiaban al varón le quitaran las esposas, ha sido de al menos media hora, contando desde que comenzó la vista y también con su reanudación tras un receso para estudiar sus antecedentes penales.
Finalmente, el magistrado ha resuelto suspender la pena privativa de libertad de un año de cárcel —si bien ya había cumplido más de seis meses desde que pasó a prisión provisional— con las condiciones de no volver a delinquir y de respetar nuevas órdenes de alejamiento de 100 metros y de incomunicación con las víctimas durante los próximos cinco años.
La sentencia ha sido declarada en firme tras la explicación del juez, por lo que ni el abogado de la defensa, José Luis Pizarro; ni la Fiscalía; ni la letrada que representa los intereses de las denunciantes, Patricia Martínez Selva, pueden recurrir el fallo.