Reconocen el derecho de un guardia civil en la reserva al incremento salarial
GUARDIA CIVIL
Parrado Asesores Abogados logra demostrar que el demandante, además de ser tratado como el resto de agentes, había sido designado al puesto y destino que ostenta
Ceuta/ Parrado Asesores Abogados y la Asociación Española de Guardias Civiles han vuelto a lograr una sentencia importante que refuerza el principio de Igualdad y el cumplimiento de acuerdos para todos y cada uno de los integrantes de la Guardia Civil. Un agente en la reserva, destinado en la Subsecretaría de Defensa en Ceuta, podrá beneficiarse de los aumentos de retribución en sus complementos específicos, que se preveían en los acuerdos del 12 de marzo de 2018 entre el Ministerio del Interior y los representantes de las asociaciones profesionales de la Guardia Civil y sindicatos de Policía Nacional.
La dirección general de la Guardia Civil denegó esta petición en vía administrativa, argumentando que “ya se percibían en sus nóminas el componente singular del complemento específico de un Guardia Civil en la reserva sin destino y las cantidades que correspondían por la prestación de servicios en organismo ajeno. No siendo el puesto en propiedad, ni equiparables las funciones de un Guardia Civil en la reserva”.
Los profesionales jurídicos de Parrado Asesores y la AEGC expusieron ante el Juzgado Central Contencioso Administrativo de Madrid que los guardias civiles en situación de reserva podrán ocupar los destinos que se determinen por el Ministro del Interior para el personal que se encuentre en la citada situación, y que estas designaciones de puestos se pueden hacer de forma libre o por concurso-oposición, siendo todo el proceso competencia de la dirección general de la Guardia Civil. La legislación establece también que la situación de reserva no supone una actividad pasiva o de disponibilidad no recurrente, sino que “el desempeño de los puestos de trabajo asignados al personal en situación de reserva se ejercerán la autoridad y funciones correspondientes al empleo que se ostente. Las funciones propias de estos destinos serán, con carácter general, las de apoyo y asesoramiento al mando, de enseñanza, logísticas y técnico-facultativas, sin perjuicio de las funciones asignadas a los puestos de trabajo que sean consecuencia de la suscripción de convenios u otros instrumentos de colaboración”.
Todos los argumentos y las legislaciones expuestas en el juicio fueron refrendadas por la sentencia, que fue clara al dictaminar que “esos puestos de trabajo les fueron asignados por resoluciones de la propia Dirección General de la Guardia Civil, habiendo sido publicadas las convocatorias y las asignaciones de destino en el Boletín Oficial de la Guardia Civil (...) Se trata, por tanto, de puestos que se encontraban en al ámbito de la Administración convocante -Dirección General de la Guardia Civil- y a los que, evidentemente, podían optar para obtener destino en esa situación de reserva”.
Por tanto a este tipo de puestos, designaciones y funciones en la Reserva “se contemplan expresamente la aplicación del Acuerdo de 12 de marzo de 2018 al personal de la Guardia Civil y de la Policía Nacional que desempeñen puestos de personal funcionario de los departamentos ministeriales, organismos públicos y agencias estatales”. Y por tanto los incrementos salariales previstos en dicho acuerdo.
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