CSIF denuncia que la Secretaría de Instituciones Penitenciarias castiga a Fuerte Mendizábal

PRISIONES

El sindicato reclama que la plantilla no tiene que “soportar sine die” la mala planificación de los Recursos Humanos

Fachada del Centro Penitenciario Fuerte Mendizábal.
Fachada del Centro Penitenciario Fuerte Mendizábal. | CEDIDA
Redacción
23 mar 2026 - 17:07

La sección sindical de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, CSIF, en el Centro Penitenciario de Fuerte Mendizábal ha denunciado que la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias "castiga" al establecimiento penitenciario ceutí y lo aboca a continuar en la situación de precariedad de recursos humanos, en la que se encuentra inmerso desde su apertura. Consecuencia de todo ello, tienen una relación de puestos de trabajo que "nace defectuosa", sin una suficiente dotación de efectivos en diversas áreas, siendo la de vigilancia interior la más deficitaria.

Desde, CSIF con fecha 02 de febrero de este año, se solicitó de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias la asignación de un contingente suficiente de funcionarios en prácticas al Centro Penitenciario de Ceuta que permitiera paliar el déficit estructural de personal que atraviesa, fortaleciera la seguridad en el Centro y, asegurara el cumplimento de la Ley Orgánica General Penitenciaria en cuanto a vigilancia y custodia.

En el día de hoy contatan cómo, una vez más, nuestro Centro Directivo ignora las necesidades de nuestro establecimiento penitenciario, no accediendo a las demandas que se le han realizado tanto desde los sindicatos, como desde la Dirección del Centro, enviando únicamente diez efectivos de funcionarios en prácticas, algo que solo cubrirá las carencias generadas con la marcha de los diez funcionarios que terminaron ya sus prácticas, y que se irán de la prisión como consecuencia de su pase a funcionarios de carrera.

El sindicato denuncia que la falta de personal es algo estructural en la prisión, pero que se está cronificando. "Denunciamos que de forma sistemática se nos ignora en el reparto proporcional de funcionarios en prácticas, y se condena a la plantilla a llevar el peso de una malísima planificación de los recursos humanos que limita su derecho al merecido descanso y a la conciliación familiar", añade.

Esta situación "contribuye inevitablemente a un aumento de la carga laboral, que genera estrés, agotamiento, desmotivación, y eleva los índices de absentismo, deteriorando el clima laboral". Estas circunstancias, en modo alguno, se pueden incluir en el concepto jurídico de las “necesidades del servicio” que utiliza la Administración para justificar decisiones como denegación de permisos, días libres, vacaciones etc.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional exige que esas “necesidades del servicio” sean reales, objetivas, justificadas y sobrevenidas, no simples excusas discrecionales, no pueden suponer un “cheque en blanco”, es obligada su motivación, y no deben ser utilizadas para cubrir una mala planificación.

Esta decisión del Centro Directivo de enviar tan solo diez efectivos de funcionarios en prácticas, no deja otra opción reglamentaria a la Dirección del Centro que hacer un uso habitual y frecuente de la instrucción 11/2019 sobre retribuciones derivadas de la aplicación del artículo 286.2 del Reglamento Penitenciario “que permite retribuir los servicios derivados de la prolongación de la jornada o en turno o cadencia distinto al habitual que corresponda, mientras no se articulan soluciones desde la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias de manera que se distribuyan las cargas de trabajo al tiempo que se garantice el disfrute de los días libres y el justo descanso a la plantilla.

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