Admitidas las querellas de Hazte Oír contra el delegado y el supuesto reparto de artefactos a migrantes

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El juzgado ha abierto diligencias previas sin determinar todavía las circunstancias concretas ni los posibles responsables. Hazte Oír reclama informes policiales, periciales, grabaciones y comunicaciones oficiales relacionadas con los hechos

Juzgados de Ceuta.
Juzgados de Ceuta. | EL PUEBLO
REDACCIÓN
04 sep 2026 - 09:44

Ceuta/ El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Ceuta ha acordado abrir diligencias previas para investigar el supuesto reparto de artefactos que habrían sido utilizados por migrantes durante los incidentes registrados en las últimas semanas y, en un procedimiento diferente, la actuación del delegado del Gobierno en Ceuta, Miguel Ángel Pérez Triano, a raíz de sendas querellas presentadas por la asociación Hazte Oír.

En el caso relacionado con los artefactos, el órgano judicial considera que los hechos denunciados presentan "características que hacen presumir la posible existencia de un presunto delito de desórdenes públicos y otros", aunque precisa que todavía no están determinadas las circunstancias concretas en las que se produjeron los hechos ni las personas que pudieran haber participado.

La querella sostiene que, durante los episodios de tensión registrados tras la llegada masiva de migrantes a Ceuta, se habrían distribuido dispositivos capaces de provocar deflagraciones o liberar gases y que estos habrían sido empleados contra militares, agentes de las fuerzas de seguridad y vecinos.

La asociación pretende que la investigación permita determinar quién pudo adquirir, fabricar, transportar, almacenar, suministrar o distribuir esos dispositivos, además de esclarecer de qué manera habrían llegado a la ciudad autónoma.

Hazte Oír solicita asimismo que se investigue si existió algún tipo de coordinación o instigación de las conductas violentas denunciadas y si en ellas pudieron intervenir personas relacionadas con organizaciones que desarrollan su actividad en Ceuta.

Entre las diligencias reclamadas figuran la incorporación de informes policiales y periciales, la identificación de los posibles responsables y la conservación de grabaciones, registros y otros elementos que pudieran tener relevancia para esclarecer lo ocurrido.

De forma paralela, el mismo juzgado ha admitido la personación de Hazte Oír como acusación popular en las diligencias previas que ya estaban abiertas sobre la actuación de las autoridades durante la crisis migratoria.

En ese procedimiento se ha incorporado también la querella presentada contra Pérez Triano y contra otras autoridades o funcionarios que pudieran resultar responsables de los hechos que son objeto de investigación.

El auto judicial señala que Hazte Oír aportó la documentación exigida por la Ley de Enjuiciamiento Criminal para ejercer la acusación popular, entre ella el poder especial para pleitos, los estatutos de la asociación, la certificación registral del cargo de su presidente y el acuerdo asociativo que habilita el ejercicio de la acción.

La asociación presentó formalmente el pasado miércoles su querella contra Pérez Triano, al que atribuye de manera indiciaria posibles delitos de prevaricación, omisión del deber de perseguir delitos, denegación de auxilio y homicidio y lesiones por imprudencia grave en comisión por omisión.

La acción judicial se extiende igualmente, según la querella, a "todas las autoridades y funcionarios que puedan resultar responsables de los hechos".

Hazte Oír reclama en este segundo procedimiento que se practiquen distintas diligencias destinadas a esclarecer las decisiones adoptadas por las administraciones durante la crisis migratoria, así como a preservar la documentación y las comunicaciones oficiales relacionadas con los acontecimientos.

El juzgado ha acordado dar traslado al Ministerio Fiscal para que informe sobre las actuaciones solicitadas por la asociación antes de que se adopten las decisiones que correspondan respecto a las diligencias interesadas.

La apertura de diligencias previas no supone que las personas mencionadas en las querellas sean responsables de los delitos denunciados, sino que da inicio a una fase de investigación destinada a determinar si los hechos pudieron constituir infracciones penales y, en su caso, quiénes pudieron intervenir en ellos.

Contra ambas resoluciones judiciales cabe interponer recurso de reforma ante el propio juzgado y, posteriormente, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ceuta, dentro de los plazos establecidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

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