Un Juzgado anula el traslado de un menor a Valencia

MENORES

El auto, dictado en Ceuta, señala la falta de motivación para justificar la decisión, respondiendo así a una denuncia de la Comunidad Valenciana

Juan Francisco Pérez Llorca, presidente de la Generalitat Valenciana
Juan Francisco Pérez Llorca, presidente de la Generalitat Valenciana
Juanjo Coronado
06 mar 2026 - 09:53

De crear jurisprudencia, esta sentencia va a hacer correr ríos de tinta. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta ha estimado el recurso presentado por la Generalitat contra la decisión de la Delegación del Gobierno de trasladar a un menor a territorio valenciano dentro del sistema estatal de reparto. El tribunal aprecia una «falta de motivación» en la resolución administrativa, lo que invalida el procedimiento, según publica el diario El Debate.

Según la sentencia, “en el expediente no consta información que permita entender cómo se aplicaron los criterios previstos en la normativa para decidir el destino del menor. La resolución que proponía su traslado a la Comunidad Valenciana no incluía explicación alguna sobre los motivos de esa asignación”.

La sentencia da la razón a la Generalitat Valenciana (presidida por el ‘popular’ Juan Francisco Pérez Llorca) insistiendo en que “cuando la Generalitat cuestionó esa ausencia de justificación durante el trámite de alegaciones, el Ejecutivo de Sánchez respondió que se había utilizado una herramienta centralizada desarrollada por el Ministerio de Juventud e Infancia para aplicar los criterios de reparto. Sin embargo, no aportó documentación que permitiera comprobar cómo se efectuó ese cálculo ni por qué el menor debía ser trasladado a la Comunidad Valenciana y no a otra comunidad”, cita el referido diario.

Esta carencia “impidió a la Administración autonómica impugnar de forma efectiva la decisión. En concreto, indica que se desconoce cómo se aplicaron los criterios previstos en la ley para determinar el traslado, lo que generó «una notoria indefensión» al no poder conocer ni discutir el procedimiento seguido”.

Por ese motivo, “el tribunal declara la nulidad de la resolución impugnada y ordena retrotraer las actuaciones al momento previo a su adopción. La Administración deberá incorporar al expediente la motivación necesaria que explique el mecanismo de cálculo empleado y la razón por la que el menor fue asignado a una comunidad concreta”.

La sentencia, además, impone las costas del procedimiento a la Administración demandada y abre la puerta a que se pueda interponer recurso de apelación.

El presidente de la Generalitat Valenciana valoraba ayer el fallo durante la sesión de control en las Cortes Valencianas. A su juicio, “la decisión judicial evidencia que el Ejecutivo central está actuando sin una estrategia clara en materia migratoria.

Según Pérez Llorca, “los tribunales están anulando resoluciones de traslado de menores a la Comunidad Valenciana al considerar que el procedimiento no se ha justificado adecuadamente. En su intervención, afirma que el Gobierno «traslada a los menores vulnerando sus derechos y escondiendo los criterios que utiliza para asignarlos a una comunidad o a otra».

El jefe del Consell añade que, tras este pronunciamiento, corresponde ahora al Ejecutivo aclarar «si van a prevalecer los intereses del menor o sigue prevaleciendo los intereses partidistas de seguir en La Moncloa».

Además, confirmó que su Ejecutivo “ha recurrido el decreto estatal sobre el reparto de menores inmigrantes entre comunidades autónomas y que esta sentencia supone la primera resolución favorable a la Generalitat en ese proceso judicial”, dijo a los parlamentarios valencianos.

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