El Supremo no forzará a los ministros a ir al Senado

Crisis migratoria

El Tribunal rechaza la cautelarísima solicitada por el PP para que el Gobierno dé explicaciones sobre la crisis en Ceuta

El presidente de la Comisión de Interior, Fernando Martínez-Maíllo, criticó la ausencia de Marlaska
El presidente de la Comisión de Interior, Fernando Martínez-Maíllo, criticó la ausencia de Marlaska | EP
Redacción
22 ago 2026 - 19:09

La Sala de vacaciones del Tribunal Supremo ha rechazado este sábado la medida cautelarísima solicitada por tres senadores del Grupo Parlamentario Popular para reclamar la comparecencia de varios ministros en el Senado durante el mes de agosto, a raíz de la crisis migratoria registrada en Ceuta.

El Tribunal considera que no se ha acreditado la “especial urgencia” necesaria para adoptar una decisión cautelar sin escuchar previamente a la otra parte. En este sentido, el auto señala que el control parlamentario que los senadores vinculan al ejercicio de su cargo no tiene por qué desarrollarse necesariamente durante el periodo extraordinario de agosto para resultar efectivo, más aún cuando queda aproximadamente una semana para que concluya dicho periodo.

La Sala sostiene además que no se ha demostrado que el recurso vaya a perder su finalidad si las comparecencias se abordan después de escuchar las alegaciones de la Abogacía del Estado. El Supremo destaca que el interés público relacionado con la cuestión de fondo no desaparecerá, ya que está vinculado a “la grave crisis migratoria que viene padeciendo en estos días la Ciudad Autónoma de Ceuta”. En su resolución, el Tribunal realiza una ponderación entre los intereses en juego y concluye que no existe una urgencia suficiente que justifique privar a la parte contraria de su derecho de audiencia. Recuerda además que una eventual medida cautelarísima tendría una ejecución inmediata, lo que podría convertir la audiencia posterior en un trámite meramente ilusorio y exige, por tanto, una justificación especialmente sólida de la urgencia.

La Abogacía del Estado dispondrá de un plazo de diez días para presentar sus alegaciones antes de que el Tribunal adopte una decisión sobre la medida cautelar solicitada. El auto precisa que esta decisión se limita exclusivamente a la petición cautelarísima y no anticipa cuál será la posición del Tribunal sobre el resto del procedimiento.

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