"Que el Tarajal sea frontera en toda Ceuta": la propuesta que abre un debate nacional
INVASIÓN
Serafín Giraldo, inspector jefe de la Policía Nacional, portavoz de H50 Digital Policial y secretario general de la UFP, defiende dos reformas de calado para afrontar crisis migratorias extraordinarias y sostiene que la legislación actual se ha convertido en un obstáculo para ofrecer respuestas rápidas
La entrada masiva de migrantes registrada en Ceuta los días 30 y 31 de julio ha vuelto a situar en el centro del debate la capacidad de respuesta del Estado ante situaciones excepcionales. Más de dos meses después de aquellos acontecimientos, el inspector jefe de la Policía Nacional Serafín Giraldo considera que España necesita revisar su legislación de extranjería y establecer mecanismos específicos para ciudades fronterizas como Ceuta y Melilla. Su planteamiento parte de una conclusión contundente: “Ahora mismo estamos ahogados en nuestras propias leyes”.
En una entrevista concedida a El Pueblo de Ceuta, el también portavoz de H50 Digital Policial analiza las dos propuestas legislativas impulsadas por la Unión Federal de Policía (UFP), que considera necesarias para evitar que una nueva entrada masiva vuelva a desbordar los recursos policiales, administrativos y asistenciales de la ciudad. La primera contempla que Ceuta pueda ser declarada, en circunstancias extraordinarias, territorio fronterizo en su totalidad. La segunda plantea modificar el régimen de presentación de solicitudes de protección internacional.
La primera iniciativa supondría, según explica Giraldo, introducir una disposición específica en la Ley de Extranjería que permitiera declarar excepcionalmente toda la ciudad como zona fronteriza mediante una decisión del Consejo de Ministros o del Congreso de los Diputados. “Que el Tarajal sea frontera en toda Ceuta”, resume el inspector jefe para explicar el alcance de una medida que, a su juicio, facilitaría las devoluciones inmediatas de quienes hubieran accedido irregularmente al territorio, siempre con las garantías legales correspondientes.
El objetivo sería evitar que los procedimientos administrativos ordinarios, que requieren distintas actuaciones y pueden prolongarse durante meses, se conviertan en un obstáculo insalvable cuando se producen entradas de miles de personas en un periodo muy reducido. Giraldo insiste en que no se trataría de establecer un mecanismo permanente de excepcionalidad, sino de disponer de una herramienta jurídica que pudiera activarse ante acontecimientos de especial gravedad.
“Siempre y cuando se respeten las máximas garantías y no de forma definitiva, sino en situaciones excepcionales”, puntualiza. Entre esas garantías sitúa la plena identificación de las personas afectadas y el conocimiento de su situación administrativa antes de adoptar cualquier decisión.
El inspector jefe reconoce, no obstante, que correspondería a los especialistas determinar qué circunstancias permitirían activar ese mecanismo. No fija un número concreto de entradas ni un umbral automático, aunque entiende que una crisis de las dimensiones de la registrada a finales de julio justificaría estudiar su aplicación. “Eso tendría que estudiarlo un comité de expertos”, señala, dejando abierta la fórmula jurídica definitiva.
Una propuesta todavía más controvertida
La segunda reforma plantea un debate de mayor alcance, al afectar directamente al régimen de protección internacional. Giraldo defiende estudiar la posibilidad de eximir a Ceuta de la presentación de solicitudes de asilo, una medida que, según explica, podría aplicarse exclusivamente en situaciones extraordinarias o incluso adquirir carácter permanente.
“Sería bueno hacerlo incluso de forma permanente para evitar el efecto llamada”, afirma, aunque reconoce que los detalles deberían establecerse durante la elaboración de la reforma. El portavoz de H50 considera que esta modificación tendría que contar con el consentimiento de las instituciones europeas y sostiene que debería analizarse también su posible extensión a Melilla.
Preguntado expresamente por su viabilidad jurídica, Giraldo responde sin vacilaciones: “Jurídicamente ahora mismo es viable, tanto una cosa como la otra”. Y añade una valoración política: “Lo que hace falta es voluntad política”.
Se trata, en cualquier caso, de una interpretación jurídica defendida por el entrevistado. Una eventual restricción territorial del acceso al asilo tendría que examinarse a la luz de las obligaciones constitucionales, europeas e internacionales de España, por lo que su aplicación no puede darse por garantizada únicamente mediante una modificación de la legislación nacional.
Una ley para tiempos normales
Para Giraldo, el principal problema radica en que España dispone de una normativa concebida para gestionar flujos migratorios ordinarios, pero carece de respuestas suficientemente ágiles cuando se enfrenta a episodios excepcionales. “La legislación española en materia de extranjería está preparada para situaciones ordinarias. Es una legislación muy garantista”, explica.
El inspector jefe no cuestiona la necesidad de proteger los derechos de las personas extranjeras, pero considera que el sistema debería incorporar mecanismos específicos para impedir que una crisis extraordinaria termine desbordando a una ciudad de dimensiones reducidas.
“Es una legislación que nos ahoga en situaciones extraordinarias, que no da respuesta a situaciones extraordinarias que crean crisis en los propios ciudadanos de Ceuta y de Melilla”, advierte.
A su juicio, el problema no se limita al tiempo necesario para resolver los expedientes. También afecta a la capacidad material de acogida, a la disponibilidad de profesionales y a las consecuencias que puede tener sobre los servicios públicos mantener durante meses a miles de personas pendientes de una resolución administrativa.
Giraldo pone como ejemplo los centros de estancia temporal de inmigrantes, concebidos para atender un determinado volumen de personas, pero insuficientes cuando las entradas superan ampliamente las capacidades ordinarias. “En situaciones extraordinarias no puedo hacer 1.000 CETI en esa ciudad”, sostiene, para ilustrar que ninguna estructura de acogida puede ampliarse indefinidamente.
Su conclusión es que España necesita un marco legal capaz de combinar las garantías individuales con una respuesta mucho más rápida ante crisis de gran magnitud. No se trataría, insiste, de suprimir derechos, sino de adaptar los procedimientos a circunstancias que la legislación actual no habría previsto suficientemente.
“Lo único que estamos pidiendo es de sentido común”, concluye Giraldo, convencido de que el debate sobre la frontera de Ceuta no puede limitarse a levantar nuevas infraestructuras si no se acompaña de una revisión de los instrumentos jurídicos disponibles.
Así sería la reforma legal para convertir toda Ceuta en frontera
El inspector jefe de la Policía Nacional Serafín Giraldo ha trasladado a El Pueblo de Ceuta lo que podría ser un borrador de la disposición adicional que permitiría materializar una de las principales propuestas defendidas por la Unión Federal de Policía (UFP): establecer un régimen excepcional de control fronterizo en la totalidad de Ceuta y Melilla. El texto contempla que el Consejo de Ministros, mediante un acuerdo motivado y por un tiempo determinado, pueda activar este mecanismo cuando una presión migratoria extraordinaria, una emergencia humanitaria o una situación de especial gravedad desborde la capacidad ordinaria de control de las fronteras.
La principal novedad consistiría en permitir que las personas extranjeras interceptadas tras haber accedido irregularmente durante la vigencia de ese régimen puedan ser sometidas al procedimiento de devolución previsto en el artículo 58 de la Ley de Extranjería, sin necesidad de tramitar un expediente de expulsión y con posibilidad de ejecutar la devolución de manera inmediata cuando las circunstancias lo permitan. De esta forma, se pretende agilizar la respuesta administrativa ante entradas masivas como la registrada en Ceuta los días 30 y 31 de julio, evitando que los procedimientos ordinarios prolonguen durante meses una situación excepcional.
El borrador establece, no obstante, garantías expresas para impedir devoluciones indiscriminadas. Cada persona deberá ser identificada y sus circunstancias examinadas individualmente, quedando excluidos los supuestos en los que exista riesgo de persecución, tortura, tratos inhumanos, indicios de trata de seres humanos o situaciones de especial vulnerabilidad que requieran protección. La propuesta exige además respetar el Derecho europeo e internacional y los principios de necesidad, proporcionalidad y protección de los derechos fundamentales.